- Dejarán de pagar el Impuesto a las Ganancias (cuarta categoría) trabajadores en relación de dependencia y jubilados.
- Sólo pagarán los mayores ingresos superiores a quince (15) Salarios Mínimos Vitales y Móviles mensuales (set. 2023: piso bruto de $ 1.770.000): CEOs, gerencias, subgerencias, puestos calificados y jubilaciones y pensiones de privilegio, y cargos políticos (de Secretarios en adelante). Hoy el piso es de $ 700.000 (salario bruto), se multiplica por 2,5.
- El nuevo mínimo no Imponible de 15 SMVM mensuales se ajustará en enero y julio de cada año.
- Se eliminan ciertas deducciones personales y generales.
- Se mantiene beneficio del 22% por zona desfavorable (zona patagónica).
- Según cifras oficiales pagarán “Mayores ingresos” 90.000 contribuyentes. Representa menos del 1% (0,88%) del total de los empleos registrados del país. Se estima que 800.000 contribuyentes dejarán de pagar el impuesto a las Ganancias personales.
- En las últimas dos décadas este impuesto lo pagó entre 1 millón y 2,5 millones de personas según el año (representó entre el 8% y 30% de los empleados registrados según el año).
- El aumento en la base imponible decidida por el Ejecutivo vía Decreto no modificará los montos ya descontados este año por el impuesto, pero si liberará del pago del impuesto los últimos meses del año. El 15% de los trabajadores más ricos del País verían incrementados sus salarios hasta un máximo de 30% desde octubre.
- Los cambios operarían vía decreto en una modalidad “puente” entre los meses de octubre y diciembre de 2023; pero se enviará un proyecto de Ley al Congreso para modificar el impuesto a partir del ejercicio fiscal 2024 con actualización semestral.
- El costo fiscal se estimó en 0,3% del PBI (no queda claro si es con impacto pleno 2024 o parcial 2023). Si es con impacto pleno estaría fuertemente subestimado ya que ganancias personales representa el 2% del PBI y los cambios afecta su recaudación agresivamente al liberar al 90% de los contribuyentes que hoy pagan.
¿Por qué es una Mala Política?
-No soluciona problemas de fondo.
- Es una medida inequitativa y contraria a las prioridades que el País necesita para crecer.
-Contradice lo que hace la mayoría de los países de la región.
-Afecta a las arcas provinciales.
Distorsiones de la Inflación en Ganancias y Desorden Normativo
-La inflación creciente afecta la incidencia e impacto del impuesto a las ganancias personales.
-Actualmente el mecanismo de ajuste de las cifras deducibles y escalas se realiza en enero de cada año según índice Ripte del último año.
-El mecanismo de ajuste provoca que el impuesto no mida correctamente la capacidad contributiva de las personas.
-La inflación aumenta más que las actualizaciones, y esto incrementa el porcentaje de ganancias que se pagan (aun cuando los trabajadores pierden poder adquisitivo).
-Ante esta situación, es un error seguir generando discrecionalmente exenciones y beneficios que reducen la base tributaria de un impuesto progresivo, que resulta uno de los principales ingresos fiscales en gran parte de los países del mundo.
-La solución de fondo pasa por controlar la inflación y, mientras tanto, el impuesto debería estar sujeto “temporalmente” a una actualización más adecuada y completa de todos sus conceptos deducibles y escalas, con el fin de generar mayor estabilidad y progresividad en la incidencia del impuesto.
-Otro problema estructural del impuesto es que mediante normas de inferior jerarquía legal (Decretos Nacionales; Decretos Provinciales; Convenios Colectivos) se fueron acumulando distorsiones al eximir del gravamen una cantidad determinada de actividades *1
-Hoy existe elevado desorden y discrecionalidad normativa. Se deberían eliminar todas las distorsiones para que reciban tratamiento igualitario y equitativo hacia todos los trabajadores de acuerdo a lo establecido en la Ley.
Propuestas a Contramano del Mundo
-En Argentina pagan ganancias personales entre el 10%/15% de los trabajadores. Este porcentaje es bajo si se mide con otros países de la región.
-Las prácticas de la región establecen pisos de salarios bajos a partir del cual se comienza a pagar ganancias personales pero con escalas de elevada gradualidad (muchos ingresan, pero se comienza pagando muy poco).
-En Argentina es al revés, posee un piso alto pero con escalas y deducciones desactualizadas, lo cual genera que la incidencia sea elevada desde el comienzo (pagan pocos pero, una vez dentro, la carga fiscal es alta)*2.
-El Proyecto de cambio exacerba estas diferencias ya que pagaría el impuesto menos del 1% de trabajadores. Este porcentaje es atípico en la evidencia internacional y en nuestra historia (en las últimas década pagaron ganancias como mínimo un 7% de los trabajadores registrados).
-El aporte fiscal del impuesto a las ganancias personales en Argentina tiene una participación muy baja.
-La recaudación de Ganancias personales representa cerca de 2% del PBI en Argentina; por debajo del promedio de la región (2,6%) y países como Brasil (3%), México (3,6%), Chile (2,4%), Uruguay (3,8%); y muy por debajo al promedio de países de la OCDE (8%).
-Los cambios propuestos llevarían la recaudación muy probablemente por debajo del 1% del PBI, una magnitud aún más alejada de los estándares mundiales.
Sacar a los Pobres para Darles a los Ricos
-En el contexto macro actual, lo que no se recaude por ganancias personales se deberá cubrir con otros impuestos, con altos efectos negativos para el crecimiento y la equidad.
-La principal fuente de financiamiento con que cuenta el país hoy es el impuesto inflacionario.
-El descontrol fiscal que impera en Argentina (déficit creciente) y ausencia de financiamiento genuino, hará que los menores ingresos que generen las medidas a implementar se financien con mayor emisión y mayor impuesto inflacionario.
-El impuesto inflacionario lo paga principalmente el 40% más pobre de la población. Por lo tanto, los cambios en ganancias reducen impuestos al 10% más rico y el costo lo afrontará en gran parte el 40% de las familias pobres.
Efecto en las Finanzas Provinciales
-Menor recaudación de ganancias impactará fuertemente en las arcas fiscales provinciales.
-El 100% de lo recaudado por el impuesto a las ganancias conforma la masa coparticipable bruta. Ganancias aporta casi la mitad (46%) de toda la masa coparticipable (año 2022).
-Constituida la masa coparticipable, casi el 60% de la misma se termina transfiriendo a Provincias y CABA.
-En síntesis, las medidas propuestas afectan a un impuesto que aporta casi la mitad de la coparticipación que reciben las Provincias.
-Cualquier caída en la recaudación de Ganancias será extremadamente sensible para las Provincias. Más aún si los ingresos resignados se cubren con un impuesto no coparticipable (impuesto inflacionario).
¿Cuáles son las verdaderas prioridades del sistema tributario argentino?
-El sistema tributario hoy es distorsivo, atenta contra la competitividad, la inversión y el crecimiento, no alienta la creación de empleo formal, y resulta poco progresivo (equitativo).
-Los cambios que necesitamos son contrarios a los que ha venido promoviendo el Ejecutivo.
-En Argentina, el impuesto a las ganancias de sociedades no distribuidas a los accionistas y re-invertidas, y el impuesto al trabajo son tributos que reducen las inversiones, limitan el crecimiento, y atentan contra la creación de empleo formal. Estos impuestos poseen alícuotas distorsivamente elevadas respecto a la región.
-En Argentina el impuesto a las ganancias corporativas no distribuidas resulta del 35% (*3) versus 27% promedio América Latina y 22% promedio OCDE.
-En muchos Países con menores impuestos a las ganancias corporativas reinvertidas, se establecen impuestos adicionales sobre los dividendos o utilidades distribuidas. El mundo promueve que las ganancias empresariales generen una fuente de financiamiento extra para la empresas, se reviertan y que promuevan mayor actividad económica y empleo.
-Los impuestos al trabajo (contribuciones a la Seguridad Social) en Argentina tienen un impacto de entre el 23% y 27% del salario recibido por el trabajador; esta misma magnitud representa un 17% promedio para países de la OCDE; y 13% promedio para América Latina. Estas distorsiones atentan contra la creación de empleo formal, repercuten especialmente en los empleos de menores salarios, y explican parte del elevado empleo informal.
-A su vez, el impuesto al cheque e ingresos brutos generan el conocido “efecto cascada” en la tributación a lo largo de la cadena de valor (se cobra varias veces) y tienen efectos nocivos sobre la competitividad de la economía. Son impuestos que en general no existen en el resto del mundo (ni en América Latina en particular).
-Las retenciones a las exportaciones atentan contra las exportaciones, la generación de divisas, y son tributos que tampoco existen en la mayoría de nuestros competidores.
-En lugar de discutir estos graves problemas e intentar ser “más parecidos a la región y el mundo”; en los últimos años el Ejecutivo:
- Aumentó el impuesto a las ganancias de las sociedades (se dejó sin efecto el cronogramas de reducción),
- Se incrementó los impuestos al trabajo (se dejó sin efecto actualización de Mínimo No Imponible);
- Se promovió aumentos en ingresos brutos (se flexibilizaron los acuerdos fiscales Nación / Provincias).
-Sumado a esto, creció el impuesto inflacionario que recae sobre la población más pobre.
-Todas las acciones llevadas adelante en los últimos en materia impositiva años nos alejan de la región, nos hacen menos competitivos, promueven la informalidad y son fuertemente regresivas.
-------------------------------------------------------
*1- Actualmente no tributan ganancias ciertos asalariados provinciales (La Pampa), las denominadas Funciones Ejecutivas de la Administración Pública; ciertos convenios que permiten deducción de gastos de representación, viáticos, bonificación especial; organismos descentralizados de la administración nacional que por simple resolución interna asimilan remuneraciones a viáticos de diplomáticos; etc. Este año se elevó un 400% el tope de la deducción por “gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas” abonados por las empresas a Camioneros. Recientemente el Ministerio de Trabajo avaló un pacto entre YPF y el sindicato de los petroleros para que una parte de los salarios de los trabajadores sea eximido del gravamen de manera retroactiva utilizando “una fórmula especial” para el cálculo.
*2- Por ejemplo, el nivel de ingreso a partir del cual se aplican las tasas máximas legales que en promedio para América Latina resulta ser de 7,2 múltiplos del PIB per cápita (esta cifra es prácticamente igual a la de los países pertenecientes a la OCDE), sin embargo, en Argentina este múltiplo es 2. En otras palabras, un ingreso que duplica al PBIpc paga tasa máxima de ganancias personales, mientras que el promedio de AL (ídem OCDE) el ingreso debe ser 7 veces mayor al PBIpc para ser alcanzado por la tasa máxima.
3*- Sobre excedente de $ 143 millones.