En diciembre, el presidente Alberto Fernández se pronunció en contra de la ampliación de la Corte Suprema. Citaba el mensaje de elevación del proyecto de ley de la entonces presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, que disminuyó el número de los ministros de la Corte de nueve a cinco de modo de que vuelva a la composición que la misma tenía en 1983, cuando Alfonsín nombró la Corte más prestigiosa que tuvimos desde entonces. El discurso que da en el recinto merece ser leído por constituir una verdadera clase de Derecho Constitucional. Se exponen con solidez los motivos por los cuales debía desecharse todo intento de ampliación por constituir un ataque a la independencia de la Justicia. Tal como había ocurrido durante el gobierno de Menem y su “mayoría automática” o “Corte de los milagros”. No pudimos estar más de acuerdo. Sin embargo, los tiempos pasan y parece ser que las necesidades se modifican, pues el cambio de parecer ha sido colosal como así también el de las convicciones democráticas.
Hoy se propone una pomposa reforma de la Justicia que contempla una importante modificación del fuero Federal Penal, la ley del Ministerio Público y la adopción del juicio por jurados en todo el país. Además, se conforma un Consejo Asesor para hacer modificaciones en la Corte, fundamentalmente. Ese es el verdadero interés de semejante “movida”, el resto es sólo “decorado”.
Esto es sostenido por el padre del abolicionismo penal, Eugenio Zaffaroni, cuyas ideas ahora también serán útiles para conseguir un plan de impunidad a escala jamás vista. La Corte Suprema es una sola como reza la Ley Fundamental.
Este pergenio es inconstitucional por violar el artículo 109 de la Constitución que le impide al presidente de la Nación inmiscuirse en la esfera del Poder Judicial. Encontramos a jueces inferiores a los miembros de la Corte nacional, abogados patrocinantes de la ex Presidenta y del ex titular de la AFIP, cuyas causas terminarán en la Corte, entre sus integrantes. Claro conflicto de intereses. La composición es aplastantemente oficialista, ocho sobre once de sus integrantes son claros adherentes al gobierno o al menos simpatizantes.
Imaginemos si la Corte Suprema decidiera crear una comisión para analizar el funcionamiento y la integración del Ejecutivo. O el Legislativo para los otros dos poderes. A éste le cabe dictar las leyes de organización de la Justicia. En su labor suele solicitar la opinión de juristas en audiencias especiales, en el seno de las comisiones parlamentarias. Ahora nada de ello ocurre. Se trata de un Consejo monocolor que tiene por origen un instrumento que no es necesario ni urgente. No se dan las circunstancias excepcionales que impiden el trámite normal para la sanción de leyes, único marco que le permite al primer mandatario dictar decretos de necesidad y urgencia pues el principio general es prohibitivo como lo expresa el art. 99, inc. 3 de la Ley Fundamental.
Además, esta reforma no es necesaria en tiempos de pandemia, cuando se exige reconstruir la economía. Alberto ha dicho que no cree en los planes al menos en el terreno económico y social. En cambio presenta un plan que demandará un gasto fabuloso y que no resolverá ninguno de los problemas que afectan a la gente en materia de justicia. La población está harta de la lentitud de la justicia, de la dificultad de acceso para la mayoría, de los jueces de la “puerta giratoria”, de la inseguridad que mata cada día más y asistir a una suelta de más de 4.500 presos, de los cuales sólo 10% había cumplido su condena.
Así las cosas, se impone la resistencia pacífica a un asalto institucional que persigue un vergonzoso plan de impunidad para la corrupción de las tres primeras administraciones K.
*El autor es Director Carrera de Posgrado Derecho Constitucional - Facultad de Derecho (UBA)