Recientemente, comenzó a regir en Argentina y en otros 11 países de Latinoamérica y el Caribe el Acuerdo de Escazú.
Un nuevo tratado internacional de derechos ambientales que tiene como objetivo garantizar el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales .
Argentina no solo se involucró en el proceso de celebración de este tratado ocupando un rol fundamental desde sus inicios, demostrando el compromiso del país con los derechos humanos y el desarrollo sostenible, sino también, su ratificación junto a México, permitió alcanzar el número de Estados Parte necesarios para que el Acuerdo entrará en vigor el 22 de abril de 2021, Día Internacional de la Madre Tierra.
Sumado a esto, la justicia argentina fue pionera en la región al ser la primera en reconocer la validez a este tratado incluso antes de que el país estuviera obligado internacionalmente a hacerlo.
En ese fallo, destacó que el Acuerdo es un precedente valioso en relación al reconocimiento del derecho a la información ambiental.
Uno de los derechos que este Acuerdo busca garantizar es el del acceso a la información ambiental.
Para esto, regula aspectos de este derecho que están en línea con los avances normativos en la materia a nivel nacional y en algunos casos local.
Argentina cuenta con numerosas leyes que ya reconocen el derecho de acceso a la información y establecen mecanismos específicos para su implementación y efectivización, así como, organismos garantes de su cumplimiento.
Todo esto se encuentra en línea con las disposiciones del Acuerdo de Escazú, lo que demuestra el gran avance en materia de acceso a la información y legislación ambiental del país.
En este sentido, existe un andamiaje institucional que está facultado para cumplir con todas las disposiciones de este nuevo Acuerdo y asegurar que el derecho de acceso a la información ambiental reconocido en este tratado sea implementado a nivel nacional y en algunas jurisdicciones locales.
Un informe del Banco Mundial indica que la Ley Nacional de acceso a la información pública, así como la Ley de la Ciudad de Buenos Aires y de la Provincia de Mendoza responden a los más altos estándares en la materia indicados por la Ley Modelo de la OEA.
Sin embargo, no ocurre lo mismo en el resto de las jurisdicciones locales.
La calidad normativa es muy diversa en 19 de las provincias del país.
Asimismo, en la actualidad son cuatro las provincias que no cuentan con ningún tipo de norma al respecto: San Juan, Formosa, La Pampa y Tucumán.
Argentina no solo fue pionera en firmar y ratificar el acuerdo, sino que además, podría cumplir a nivel nacional y en algunos estados sub nacionales sus cláusulas de acceso a la información.
Esto poniendo al servicio del tratado todas las instituciones existentes que garantizan aquel derecho.
Sin embargo, para cumplir acabadamente ese objetivo es fundamental actualizar algunas normas locales y promover la sanción de otras en la materia siguiendo los lineamientos establecidos por la Organización de Estados Americanos (OEA)..
Para asegurar el cumplimiento de este nuevo Acuerdo de derecho ambiental, resulta fundamental que todos los países de la región cuenten con los mecanismos internos necesarios para asegurar los derechos de las personas a estar informados, participar de las decisiones públicas y acceder a la justicia ambiental.
Solo así, podremos vivir en un ambiente sano y aspirar a un desarrollo justo, sostenible e inclusivo.
*La autora es Profesora de Derecho de la Universidad de San Andrés. Titular del Órgano Garante de Acceso a la Información de la Ciudad de Buenos Aires.