Tal como se esperaba, la Corte provincial descartó de plano el pedido realizado por la Fiscalía de Homicidios para que no participaran en el juicio –en calidad de querellantes- los hijos del médico León Burela (64), quien fue asesinado en las Heras en abril de 2019.
En febrero pasado estaba todo listo para que comenzaran a ser juzgadas la viuda del médico, Elizabeth Ventura Ortiz y su amiga, la “vidente” Mónica Elizabeth Castro Castillo pero la Fiscalía de Instrucción N° 18, a cargo de la Fiscal de Homicidios Claudia Ríos, elevó un recurso de queja a la Corte, solicitando que el abogado de los hijos de la víctima y también de la acusada no participara en el debate que se realizará en la modalidad de juicio por jurados.
La fiscal ya había intentado en dos ocasiones que el abogado querellante Francisco Castro no fuera parte del debate y en las dos, el juez Agustín Chacón había descartado el planteo. Ahora la Sala II de la Corte, conformada por los jueces Mario Adaro y Omar Palermo –el tercer ministro, José Valerio, no participó por estar de licencia- desechó el pedido que, de esta forma fracasó por tercera vez.
Con este panorama se espera que el juicio que debió hacerse en febrero se reprogramará tal vez para octubre, ya que todavía no se fija una nueva fecha..
El crimen del doctor Burela es uno de los homicidios más complejos registrados en los últimos años: es que los investigadores sostienen que el asesinato fue ejecutado por un “sicario” cuya identidad no se ha logrado establecer después de 3 años y medio de investigación y que habría sido contratado por una de las acusadas - Elizabeth Ventura, esposa de médico- con la ayuda de “la vidente” Mónica Castro.
A esta hipótesis investigativa hay que agregarle un condimento casi “folclórico”: tras la imputación de ambas –la primera por como “autora intelectual” del asesinato; la segunda como “partícipe necesaria”- surgieron una larga serie de “trabajos brujeriles” realizados por la asesora espiritual que, había encerrado en botellas de plásticos mensajes para los investigadores fracasaran en su trabajo.
Distintos planteos del misterioso crimen
El pedido de la fiscal Ríos sostenía que el abogado querellante Francisco Castro no debe participar del debate porque no acusa en el mismo sentido que ella lo hace. Para la fiscal las imputadas son “culpables” del crimen.
Para la fiscal Claudia Ríos y para la querellante oficial Claudia Vélez (que representa a los hermanos de Burela) se trató de un homicidio: el 15 de abril de 2019, aproximadamente a las 10 horas, Elizabeth Ventura Ortiz le facilitó el ingreso a su casa, ubicada en el barrio 25 de Setiembre manzana D, casa 17 de Las Heras, a un hombre “aún no identificado”, con el que previamente acordó matar a su esposo, León Domingo Burela. Seguidamente, éste sujeto le efectuó cuatro disparos a León Burela impactando tres de ellos en su cuerpo y provocándole la muerte para luego darse a la fuga.
Por otra parte, la “vidente” Mónica Elizabeth Castro Castillo con anterioridad al hecho investigado y conociendo la intención de la imputada Ventura, de quitarle la vida a su marido, fue quien la puso en contacto con el autor material del hecho. “El delito que se les enrostra, respecto a la Sra. Ventura es el de homicidio agravado por el vínculo en calidad de coautora, previsto y penado y a la Sra. Castro, homicidio agravado por el vínculo en carácter de partícipe necesario”.
En cambio, para Francisco Castro el autor del crimen es un tirador que durante la investigación del caso nunca pudo ser identificado y que en abril de 2019 ingresó a la casa de Burela con el fin de robar; el móvil de crimen fue el robo. Para este letrado “ha sido producto de un hecho de inseguridad, sosteniendo la no autoría de las imputadas; otra persona ha sido la que realizó el hecho delictivo. Existen dudas sobre la participación de la Sra. Ventura y la Sra. Castro en el hecho”.
A estas hipótesis hay que agregar la posición sostenida por los defensores: Cristian Vaira Leyton y Agustín Magadalena (por la viuda) y para Susana Soleti (abogada de la vidente), sostienen que sus clientas son inocentes al punto que durante la instrucción llegaron a pedir el sobreseimiento de las mujeres cuestionando la falta de pruebas.
Resumiendo: los 12 mendocinos que conformen el jurado popular deberán decidir por la posición de la fiscal y la querellante oficial (las acusadas son culpables) o la de los defensores (inocentes) pero también por la del querellante Castro (las mujeres son inocentes, el culpable es el tirador desconocido).
Por eso en el planteo que hizo la fiscal Ríos ante el juez Chacón sostenía que la participación del abogado Castro “es ilegítima porque sostiene la teoría de que ninguna de las dos acusadas es responsable penalmente de delito que se les endilga”.
El juez desestimó el pedido por dos razones: 1) la existencia de un interés legítimo -el de los hijos de Domingo Burela y Elizabeth Ventura-representado por el abogado Francisco Castro y 2) la extemporaneidad de la petición.
Así, el magistrado explicó que el abogado Castro no actúa por su interés sino como representante de los hijos de Burela y por lo tanto “apartar a dicha parte importaría cercenara los hijos de la víctima el derecho a participar en el acto central del proceso, el juicio”.
Luego, en relación a que Ríos sostiene que Castro no acusa, para el juez se trata de una idea “incorrecta”: la teoría de que las dos acusadas no participaron del crimen “no implica que dicha parte no formule acusación contra alguna persona, aun cuando la misma aun no haya sido identificada. Esa persona es, entonces, aquella que efectuó los disparos que terminaron con la vida Domingo Burela”.