Caso Micaela Reina: las razones de la Corte para ordenar un tercer juicio

El máximo tribunal anuló el debate realizado en 2014 y ordenó que la madre de la niña asesinada y su ex pareja sean nuevamente juzgados.

Caso Micaela Reina: las razones de la Corte para ordenar un tercer juicio
Ramón Duarte y Marta Reina fueron absueltos por la Séptima Cámara del Crimen. Ahora vuelven a estar acusados.

Trece años después del asesinato y violación de Micaela Reina (12) y seis años después del fallo que absolvió a la madre de la niña, Marta Reina, y a su ex marido, Ramón Duarte, la Corte provincial ordenó que se vuelva a juzgar a la pareja por el brutal crimen.

La decisión notificada por la Sala Penal del máximo tribunal provincial –conformada por los ministros Omar Palermo, Mario Adaro y José Valerio- vuelve a reflotar el polémico caso. Es que Alejandro Prádenas, el padre de la víctima, está cumpliendo una condena de 15 años por el delito de privación ilegítima de la libertad seguida de muerte.

Ayer la Corte anuló el juicio realizado en noviembre de 2014 por la Séptima Cámara del Crimen, en el que resultaron absueltos Ramón Duarte –por el delito de abuso sexual seguido de muerte- y Marta Reina como partícipe necesaria en el crimen.

Para la Corte, esta sentencia absolutoria es arbitraria porque los jueces valoraron parcialmente las pruebas rendidas durante el debate. En concreto, alude a “una errónea valoración de los testimonios, a un apartamiento infundado de circunstancias acreditadas en la propia sentencia y a una inadecuada aplicación de la sana crítica racional”.

La Séptima Cámara consideró que no se pudo llegar a un grado de certeza a la hipótesis formulada por el Ministerio Público Fiscal. Según el fiscal Fernando Guzzo, Ramón Duarte abusó sexualmente y de modo simultáneo dio muerte a Micaela Reina, contando con la colaboración de Marta Reina. Los jueces estimaron que las pruebas y los indicios tenían muchos sentidos o interpretaciones.

Para la Corte esta interpretación resulta arbitraria y no fue justamente valorada. “La prueba no ha recibido el tratamiento de un cuadro indiciario, sino de prueba directa. Ello queda explicitado en el modo en que el tribunal ha segmentado los elementos probatorios destacados como relevantes por el fiscal, y ha enfatizado su incapacidad de probar por sí mismos el suceso”, dice el fallo de la Corte.

Un ejemplo claro de ello es el ADN de Duarte que se encontró en el pantalón de la niña, donde se detectó sangre del sospechoso.

Los jueces consideraron que este ADN de Duarte podría ser por un contacto sexual pero también por un estornudo o por el corte de un dedo o por cualquier otra situación. Pero estas probables situaciones no están probadas y son arbitrarias.

Al contrario, para la Corte “que el ADN de Ramón Duarte se explique por su intervención en el hecho criminoso es una hipótesis que se encuentra rodeada de otros elementos que la fortalecen frente la falta de toda otra explicación apoyada en pruebas”.

Por otra parte, el tribunal mayor de la provincia consideró que “el hallazgo de los elementos escolares de la niña cerca de la casa de Duarte no generaría, por sí solo, ninguna sospecha. Pero sí resulta relevante si en la ropa de la víctima se encontró ADN del acusado”.

Luego de analizar otros indicios, la Corte sostiene que los jueces omitieron “considerar el alcance de las contradicciones en que incurrieron los imputados en sus declaraciones y, con ello, determinar si fortalecían o no la versión acusatoria”.

La situación de Prádenas

La decisión de la Corte podría influir en la situación procesal de Alejandro Prádenas, el padre de la víctima, que se encuentra cumpliendo una condena de 15 años por el delito de privación ilegítima de la libertad seguida de muerte. Esta condena fue dictada por la misma Corte provincial, luego de revisar un fallo de la Quinta Cámara del Crimen que lo había condenado a 8 años de privación ilegítima de la libertad.

“Vamos a analizar la situación y vamos a pedir la libertad de nuestro cliente o bien que le den la domiciliaria de inmediato”, indicó a Los Andes Gabriela Massad, defensora de Prádenas junto al abogado Ariel Civit.

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