Condenaron a “El Fachi” a 12 años de prisión pero la defensa se opone a un segundo juicio por homicidio

La condena es por abuso se armas y coacciones. Las razones de las defensoras para rechazar un segundo debate en la modalidad de juicio por jurados por la muerte del kiosquero Pablo Cataldo.

Condenaron a “El Fachi” a 12 años de prisión pero la defensa se opone a un segundo juicio por homicidio
Andrés Alexis Alcaraz Sosa, conocido en el ambiente delictivo como “El Fachi”, juzgado por homicidio.

En el marco de un polémico juicio por jurados, el juez técnico Mauro Perassi condenó a Andrés “el Fachi” Alcaraz por dos delitos leves, al tiempo que el futuro debate que debe enfrentar el mismo acusado por el homicidio de Pablo Cataldo (23), ha tomado un rumbo incierto, ante el rechazo de la defensa que realizó una planteo al respecto.

Esta mañana, en una audiencia de cesura, Perassi le impuso la pena de 12 años de prisión a Alcaraz por abuso de armas y coacciones. Esto en consonancia con la decisión del tribunal popular que encontró “culpable” a Alcaraz por estos dos delitos.

En cambio, ese mismo tribunal, el 28 de noviembre pasado, no se puso de acuerdo en relación al homicidio de Pablo Cataldo que tenía como acusado a Alcaraz y, por lo tanto, el juez Perassi declaró el debate “estancado” para el delito de homicidio.

El juez técnico Mauro Perassi.  / Poder Judicial
El juez técnico Mauro Perassi. / Poder Judicial

Frente a esta situación, el jefe dela Fiscalía de Homicidios Fernando Guzzo decidió sostener la acusación por homicidio agravado, por lo que dentro de 30 días se debería hacer un nuevo juicio.

La posición de la fiscalía es novedosa porque en otros dos debates en la modalidad de juicio por jurados que se declararon “estancados” había tomado otras posiciones: en uno sostuvo que el jurado es soberano y por lo tanto la fiscalía debe acatar la decisión; en el otro, se argumentó una cuestión técnica: un acusado no puede ser juzgado por dos veces por el mismo delito.

Pues, bien, ahora las defensoras de Fachi Alcaraz –las abogadas Verónica Chaves y María Belén Idemi- presentaron un escrito al juez Perassi donde solicitaron la inconstitucionalidad del artículo 34 de la ley de juicio por jurados que se refiere a la posibilidad de que la fiscalía se incline por realizar un segundo debate en caso de juicios “estancados” en una primera instancia.

las abogadas Verónica Chaves y María Belén Idemi, defensoras de Andrés “El Fachi” Alcaraz Sosa. Gentileza Poder Judicial
las abogadas Verónica Chaves y María Belén Idemi, defensoras de Andrés “El Fachi” Alcaraz Sosa. Gentileza Poder Judicial

De esta forma Perassi deberá resolver esta cuestión antes de realizar el debate que se harían recién en febrero de 2024. En caso de rechazar la solicitud de la defensa, las abogadas podrían recurrir con el mismo pedido a la Corte Provincial.

Según explicó a Los Andes la abogada Chaves, un segundo debate violaría el artículo 18 de la constitución Nacional que se refiere a las garantías de debido proceso: “un nuevo juicio implicaría reproducir prueba –concretamente las declaraciones de los testigos- que estaría contaminada porque los testigos conocen las estrategias de las partes y las discusiones técnicas que se dieron en el debate. Estaríamos ante la doctrina del fruto del árbol envenenado”, sostuvo la letrada.

Las defensoras, en el escrito presentado ante el juez Perassi enumeraron una serie de derechos constitucionales que, para ellas, serían violados en un segundo juicio

1-Vulneración del principio de non bis in ídem. El artículo 18 de la Constitución prohíbe que una persona sea “juzgada dos veces por el mismo hecho”. Aunque no exista una sentencia definitiva, el estancamiento implica que el Estado no pudo probar su caso más allá de una duda razonable, lo que debería concluir en la absolución.

2-Violación del principio de in dubio pro reo: en caso de duda, se favorece al imputado. La posibilidad de un nuevo juicio contradice esta, ya que perpetúa la incertidumbre procesal y castiga indirectamente al acusado.

3- Afectación del principio de igualdad de armas: Permitir que el MPF tenga la facultad de insistir con la acción penal tras el estancamiento del jurado coloca al acusado en una de desventaja estructural, ya que la defensa no tiene la misma facultad.

4- Violación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable: prolongar el proceso judicial mediante la posibilidad de un nuevo juicio puede violar el derecho a ser juzgado en un plazo razonable. El estancamiento del jurado debería ser suficiente para concluir el caso, evitando una carga procesal adicional para el acusado.

5- Inseguridad jurídica y menoscabo al juicio por jurados: el sistema de juicio por jurados se basa en la premisa de que el veredicto del jurado, sea condenatorio o absolutorio, refleja la voluntad de la sociedad, esto es el pueblo con su soberanía.

6- Posible discriminación en la persecución penal: la insistencia del MPF podría dar lugar a criterios arbitrarios o selectivos para decidir en qué casos se solicita un nuevo juicio y en cuáles no.

Guerra entre bandas y la muerte de un kiosquero

Según las primeras versiones sobre el caso, ingresó a la línea de emergencia 911 denunciando que en un negocio ubicado en la esquina de La Unión y Esperanza, del barrio Virgen de Guadalupe, se habían escuchado una serie de disparo y que había sido herido un joven que atendía en ese momento.

Según declararía luego una mujer de 34 años de apellido Vélez- el joven Cataldo se encontraba atendiendo y entró un hombre, cruzó algunas palabras y luego comenzó a disparar varias veces contra la víctima.

Según las pericias realizadas posteriormente por los efectivos de la Policía Científica, la víctima recibió dos disparos a la altura del pecho, con orificio de entrada y salida que había salido de una pistola 9 milímetros, según pudo establecerse por las vainas encontradas en la escena del crimen.

Cuando llegó el médico del Servicio de Emergencia Coordinado (SEC), constató que Cataldo ya había muerto. El joven, sin antecedentes penales, le alquilaba una habitación a la dueña de casa y además atendía el negocio que estaba abierto durante las 24 horas de día.

Los investigadores obtuvieron otros datos como que el agresor llegó al lugar en un auto que tenía como apoyo una camioneta e incluso algunos señalaron al autor del hecho con nombre y apellido.

Toda esta información sirvió para sostener la hipótesis central de caso: que el homicidio es la punta visible de una pelea entre bandas que se disputan la zona para vender estupefacientes. Los vecinos los llaman: “los Vélez” y “los López”.

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