La Justicia Federal condenó en un juicio abreviado a una banda de Guaymallén dedicaba al narcomenudeo que era abastecida por un salteño. La pena mayor, de seis años de prisión y una multa de $877.500, recayó sobre Miguel Ángel Herrera.
La investigación comenzó el 24 de octubre de 2023, cuando la Policía recibió información anónima en la que se indicaba: “En estos días arribó a la provincia un salteño que habría traído 30 kilos de cocaína y que se las habría entregado a Miguel Ángel Herrera, quien la habría guardado en su casa, en la casa de su madre y en otra vivienda ubicada en Río Agrio y Pedro del Castillo de Guaymallén, frente al Patrono Santiago”.
La Policía contra el Narcotráfico comenzó a investigar el asunto, constató la existencia de estas viviendas, aportó sus características y un complejo fotográfico, solicitando el allanamiento de los tres domicilios. Los especialista afirmaron que sería la mejor medida para incautar los estupefacientes presuntamente recibidos por Migue Ángel Herrera.
Los operativos se realizaron al día siguiente y en poder de Herrera, Noelia Silvana Mamani y Gabriela Belén Dolcemáscolo Murúa se encontraron 869 gramos de cocaína y 407 gramos de marihuana, en una vivienda ubicada en calle Pedro del Castillo al 5800.
Alejandro Ceferino Herrera Cabañez tenía en su vivienda, ubicada en la manzana 28, del barrio Lihué, 62,66 gramos de cocaína y 0,7 gramos de marihuana.
En tanto, Analía Evangelina Herrera Cabañez y Alberto Damián Jesús Romero Alzamora tenían en su poder 28,76 gramos de marihuana y 0,4 gramos de cocaína, que fueron hallados en el mismo domicilio de Alejandro Herrera.
Esta semana, el Ministerio Público Fiscal de la Nación y los imputados, asistidos por su defensor, realizaron un acuerdo de juicio abreviado por el que convinieron ajustar algunas calificaciones legales y grados de participación.
En virtud de ello, solicitaron la imposición de las siguientes condenas: para Miguel Ángel Herrera una pena de 6 años y multa de 67,5 unidades fijas ($877.500,00) por ser penalmente responsable de la infracción al artículo 5 inciso c) de la Ley 23.737, en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en calidad de autor.
Para Noelia Silvana Mamaní una pena de 3 años y 6 meses de prisión y multa de 33,75 unidades fijas ($438.750,00); para Gabriela Belén Dolcemáscolo una pena de 3 años y 6 meses de prisión y multa de 33,75 unidades fijas ($438.750,00) por el mismo delito en calidad de partícipe secundaria.
Para Alejandro Ceferino Herrera una pena de 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas ($585.000,00) por ser responsable de la infracción al artículo 5 inciso c) de la ley 23.737, en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en calidad de autor.
Para Analía Evangelia Herrera una pena de 2 años de prisión en suspenso y el mínimo de la pena de multa por el mismo delito en calidad de partícipe secundaria.
Para Alberto Damián Romero una pena de 2 años de prisión en suspenso (art. 26 del C.P.) y el mínimo de la pena de multa por el mismo delito en calidad de partícipe secundario.
Luego, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mendoza 1, integrado en forma unipersonal por el Juez de Cámara Alberto Daniel Carelli homologó el acuerdo, confirmando las penas, y ordenando la destrucción de la droga incautada.