Los organizadores de una fiesta realizada en un salón en Godoy Cruz, si bien escaparon de una condena penal, deberán pagarle a uno de los invitados -al que le dieron una dura golpiza- 1.350.000 pesos, según dictaminó la Justicia Civil.
La víctima -identificada sólo con sus iniciales J. E-, de 25 años en ese momento, demandó a Gustavo Moyano y Carlos Vallaneda por los daños sufridos durante una fiesta que estas personas organizaron en noviembre de 2012 en el salón “El Olivar” en Godoy Cruz.
Al término del festejo, J. E. recibió una fuerte golpiza. La víctima denunció a Moyano y a Vellaneda ante la Justicia Penal, que abrió un expediente por lesiones graves dolosas.
Pero en enero de 2015 la Primera Cámara del Crimen sobreseyó a los imputados “por extinción de la acción penal por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del procedimiento de juicio a prueba”.
Sin embargo, en esa causa nunca se descartó la existencia de delito ni la autoría de los dos imputados, por lo que la demanda civil siguió adelante.
Una versión desmentida
La demanda fue contestada por Vallaneda, en calidad de organizador, y por Moyano, quien colaboró en la organización. Ambos afirmaron que aquel día de 2012 cerca de las 8, cuando la fiesta estaba por terminar, se produjo una trifulca entre dos grupos de jóvenes cerca de los baños. Ambos fueron a calmar los ánimos y, al ver que estaban golpeando a un chico que estaba en el piso, Vallaneda “tuvo que efectuar disparos al aire para poner freno a la situación”.
Pero los testigos dijeron otra cosa. Una joven explicó que fue invitada por sus primos a una fiesta que había organizado Vallaneda para los empleados de un mercado persa. La joven dijo que en el momento en que se estaban yendo, demandante y demandado comenzaron a discutir, la gente se agrupó y comenzó una pelea.
Vallaneda le dio al denunciante dos golpes de puño en el rostro, noqueándolo y “El pelado” Moyano comenzó a propinarle patadas en el rostro, hasta que en un momento Vallaneda extrajo un arma de fuego y disparó al aire, por lo que todos corrieron. Luego los amigos de la víctima lo llevaron al hospital Central.
Allí le diagnosticaron graves lesiones: “traumatismo facial por golpiza, con inflamación y hematoma de región orbitaria derecha y excoriación en codo derecho”. Se le realizó una tomografía macizo facial, donde se observó la fractura de pared lateral, medial y piso de órbita derecha, fractura malar derecha y de huesos propios.
Ante este panorama, la jueza María Mercedes Herrera, del Tribunal de Gestión Asociada, decretó que los demandados deben pagarle a la víctima 800.000 pesos por los daños sufridos, ya que padece una incapacidad física estimada en 20%.
En tanto que por daño moral -es decir, la lesión a los sentimientos que determinan dolor o sufrimiento físico, inquietudes espirituales o agravios a las afecciones legítimas- la magistrada ordenó el pago de 250.000 pesos.
A la suma total de 1.050.000 pesos hay que sumarle los intereses, por lo que el demandante deberá cobrar cerca de 1.350.000 pesos. Este fallo de primera instancia puede ser apelado.