De acuerdo a los análisis y cruces sistémicos de las operaciones de exportación de determinados productos, la Aduana encontró “inconsistencias e irregularidades” en sus operaciones, según indicó la Dirección General de Aduana en un comunicado. Además, el organismo tomó la decisión de suspender a las empresas exportadoras involucradas.
Si bien los plazos máximos para liquidar divisas desde el permiso de embarque abarcan entre los 15 días para la soja, hasta los 180 días para las economías regionales, con casos de hasta 365 días; la Aduana detectó que, para aprovechar la brecha cambiaria, “muchos exportadores no liquidaban las divisas ante el Banco Central y las dejaban en el exterior”, o, en su defecto, “las convertían al tipo de cambio de contado con liquidación”.
“Esto demuestra un comportamiento sistemático de estas exportaciones inconsistentes que, luego de vencidos los plazos legales correspondientes, no efectúan el debido ingreso de divisas afectando gravemente las reservas del Banco Central”, señalaron desde el organismo aduanero. Además, aseguraron que al realizar operaciones de exportación con “sumas relevantes” sin cumplir con la reglamentación, las firmas generaban una “competencia desleal” en los rubros en los que operaban.
Entre las mercaderías utilizadas para la maniobra se encuentran aceites, grasas, granos, ajo, carne, cebollas, cereales, frutas, hortalizas, harina de trigo, lanas, cueros, pescado, porotos, tabaco y uvas. Según informó Clarín, las aduanas que registraron los productos son las de Mendoza, Misiones y Córdoba.
“Estamos atravesando la peor sequía desde 1922 a la fecha, la producción de soja se estima en sólo 23 millones de toneladas, y la falta de controles eficientes respecto de las falsas empresas exportadoras llevó a un crecimiento exponencial de ‘carpetas’ que simulan operaciones de exportación para dejar dólares en el exterior sin liquidar. Nuestro objetivo es defender las reservas para la industria nacional y la generación de empleo”, manifestó el director General de Aduana, Guillermo Michel.
SISTEMA DE ALERTA TEMPRANA
Las operaciones fueron detectadas a través de un sistema de alerta temprana, implementado en noviembre pasado a través de la Instrucción General 7. Este sistema busca evitar el uso de dichas “carpetas” y sociedades sin sustancia económica creadas para efectuar operaciones irregulares.
En caso de ser intimadas, las exportadoras deben liquidar las divisas o garantizarlas con un seguro de caución o fianza en un plazo de diez días. Caso contrario, el sistema suspende a las empresas del registro de exportadores hasta que justifiquen debidamente la no liquidación de divisas. Dicho monitoreo le permite al organismo aduanero, en conjunto con la AFIP, intercambiar información en tiempo real con el Banco Central y la Secretaría de Agricultura.
Cabe mencionar que la suspensión de estas 59 empresas ocurre luego de que la Justicia Federal rechazó una acción de amparo contra el sistema por presunta inconstitucionalidad e inaplicabilidad del mismo. El Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió la semana pasada no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa El Cerco, que había presentado una acción de amparo.
En su reclamo ante la Justicia, la firma mencionada declaró que “no ha recibido por parte del BCRA intimación de ninguna índole respecto al ingreso de divisas”, y que “fue requerida por la AFIP-DGA a realizar el ingreso de tales divisas en el plazo de 10 días, bajo de apercibimiento de aplicar lo normado en la instrucción mencionada”.