La denunciante no se opuso y los rugbiers franceses acusados de abuso en Mendoza ya pueden salir del país

En la audiencia en la que se discute si es necesario que los deportistas galos deban someterse a nuevas pericias psiquiátricas, los abogados de la denunciante no se opusieron a que los deportistas viajen a Francia. La jueza Eleonora Arena, desestimó el pedido de la querella.

La denunciante no se opuso y los rugbiers franceses acusados de abuso en Mendoza ya pueden salir del país
Hugo Auradou (20), y a Oscar Jegou (21) pueden viajar a Francia, haciendo uso del permiso otorgado ayer por el Ministerio Público Fsical que los investiga.

Los abogados de la mendocina que denunció a los rugbiers franceses no se opusieron a que los deportistas puedan volver a su país y, por lo tanto, Hugo Auradou (20), y a Oscar Jegou (21) pueden viajar a Francia, haciendo uso del permiso otorgado ayer por el Ministerio Público Fsical que los investiga.

Natacha Romano y Mauricio Cardello, los abogados de la mujer de 39 años habían solicitado a la Fiscalía Delitos Contra la Integridad Sexual que se ampliara la pericia psiquiátrica que ya se había realizado a Hugo Auradou y a Oscar Jegou. La fiscalía pasó la petición para que lo resolviera la jueza de Garantías Eleonora Arenas, quien esta mañana abrió la audiencia para establecer si las pericias a los extranjeros -firmada por los especialistas del Cuerpo Médico Forense y por los peritos de la defensa y la querella- son válida o bien se necesitan estudios complementarios.

Oscar Jegou y Hugo Auradou, los rugbiers franceses, en el aeropuerto de Mendoza. Gentileza
Oscar Jegou y Hugo Auradou, los rugbiers franceses, en el aeropuerto de Mendoza. Gentileza

Tras analizar el caso la jueza del Juzgado Penal Colegiado 1 “rechazó el pedido de la querella de ampliar la pericia psicológica de los co-imputados de la causa, debido a que la querella no justificó por qué las pericias en cuestión resultan estar incompletas”. Para la jueza esas pericias fueron realizadas acorde al art. 253 y 255 del Código Procesal Penal de Mendoza.

Durante la audiencia los abogados de la denunciante no se opusieron la decisión del Fiscal Adjunto en lo Penal Gonzalo Nazar, el número 2 del Procurador General de la Corte Alejandro Gullé, que había autorizado la salida del país de los dos deportistas extranjeros. De esta forma la resolución quedó “firme y podrán irse del país a partir de este momento”, según se informó desde el Poder Judicial.

La decisión de Nazar en nada impide que los franceses -todavía imputados por “abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos personas”, delito que tiene penas que van de los 8 a 20 años de cárcel- deban retornar a Mendoza si hiciera falta que las pericias psicológicas se amplíen, medida que está todavía a criterio de la jueza Arenas.

Siguen los fiscales a cargo de la investigación

Ayer el mismo fiscal Nazar había desestimado otro planteo realizado por los abogados querellantes que había recusado al fiscal de Delitos Contra la Integridad Sexual, Darío Nora, y a la jefa de la fiscalía, Daniela Chaler por falta de objetividad.

“El Ministerio Público Fiscal está obligado a desarrollar una actuación objetiva (artículo 3 de la Ley 8.008), lo cual no puede equipararse en modo alguno a desempeñar su rol institucional como un acusador a ultranza, como pareciera pretender en este punto la querella particular”.

Así las cosas, Nora y Chaler seguirán a cargo de la investigación que, luego que termine la pericia psiquiátrica de la denunciante, se encaminaría hacia el sobreseimiento definitivo de los acusados.

El 24 de agosto pasado Hugo Auradou y a Oscar Jegou (21) se fueron de Mendoza y se radicaron en Buenos Aires luego de que sus abogados Rafael Cúneo Libarona y Germán Hnatow presentaron un escrito ante el fiscal Darío Nora solicitando el sobreseimiento de los jóvenes imputados con la intención que queden totalmente desvinculados del caso.

La jueza Eleonora Arenas. Gentileza Poder Judicial.
La jueza Eleonora Arenas. Gentileza Poder Judicial.

El 12 de agosto el fiscal Nazar había ordenado la libertad de los dos acusados, apuntado que si bien en principio existieron elementos para detener a los extranjeros -frente a la gravedad de la denuncia y los riesgos procesales- y luego de todas las pruebas reunidas, “no se logra satisfacer el estándar convictivo necesario para solicitar la prisión preventiva de los encartados”.

“La primera versión de la denunciante se ha visto debilitada con diversos elementos probatorios” y “han puesto en puesto de manifiesto una serie de contradicciones en cuanto a la mecánica del hecho y a la existencia de consentimiento que resultan de relevancia”, indicó el fiscal Nazar.

Luego agregó que hay “notorias contradicciones, inconsistencias, zonas grises y hasta explicaciones insuficientes” en relación a circunstancias tales como el motivo por el cual fue al hotel, la situación que se generó previo a ingresar a la habitación, la secuencia de los presuntos abusos y la forma en que salió del hotel.

También se refirió al “tono jocoso que caracteriza el comienzo de una conversación con una amiga”, que es una de las claves de la caída de la causa: unos audios presentados por una amiga que comienzan así: “Conocí a un rugbier francés, altísimo el chabón, relindo (risas) relindo… Llegué a mi casa a las 9… tremendo el pendejito”.

Además, estableció una relación entre los moretones y marcas registradas en el cuerpo de la víctima por los especialistas de Cuerpo Médico Forense y una enfermedad que padece la denunciante y que explicaría la presencia de hematomas.

Para Nazar las pruebas aportadas por los abogados de la denunciante “no resultarían determinantes en el sentido incriminatorio” en tanto que los de la defensa “no podrían descartarse sin más”. También señala que en todo momento los fiscales adhirieron a los protocolos vigentes para casos de violencia de género, utilizando esa perspectiva para analizar la prueba.

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