A poco más de un mes de que fueran detenidos, el Ministerio Publico Fiscal le otorgó la libertad a Hugo Auradou (20), y a Oscar Jegou (21) -los rugbiers franceses denunciados por una mendocina de 39 años de haberla abusado sexualmente.
La medida fue tomada hoy por Procurador Adjunto en lo Penal Gonzalo Nazar, el número 2 del Procurador General de la Corte Alejandro Gullé, a pedido de los abogados defensores, Mariano Cúneo Libarona, y Germán Hnatow. De esta forma, la causa se encamina hacia el sobreseimiento definitivo de los acusados.
A través de un dictamen, Nazar ordenó el recupero de la libertad, pero dejó vigentes el resto de las medidas de coerción dictadas al momento de fijarse la prisión domiciliaria: retención de pasaportes, prohibición de salir de país, prohibición de contacto con la denunciante “por cuaquier medio”.
Los letrados habían solicitado la libertad de sus clientes, luego de que, el jueves pasado, los deportistas declararan en la Fiscalía de Delitos Contra la Integridad Sexual, ante el fiscal Darío Nora y su jefa la fiscal Daniela Chaler.
La medida quedó en suspenso y hoy -día en que se venció el plazo para solicitar la prisión domiciliaria-, ante la falta de pruebas contundentes, el mismo ministerio Público Fiscal tomó el camino contrario, no pidió a un juez de garantías que los imputados siguieran detenidos, sino que la decisión de darles la libertad a los deportistas que se encontraban detenidos en Mendoza desde el 9 de julio pasado.
Contradiccciones, zonas grises y “un tono jocoso”
.El dictamen de Nazar es en respuesta a una “consulta” realizado por los fiscales a propósito del pedido de libertad
Nazar analiza que si bien en principio existieron elementos para detener a los extranjeros -frente a la gravedad de la denuncia y los riesgos procesales- y luego de todas las pruebas reunidas “no se logra satisfacer el estándar convictivo necesario para solicitar la prisión preventiva de los encartados”.
“La primera versión de la denunciante se ha visto debilitada con diversos elementos probatorios” y “han puesto en puesto de manifiesto una serie de contradicciones en cuanto a la mecánica del hecho y a la existencia de consentimiento que resultan de relevancia”, apunta del fiscal Nazar.
Luego apunta “notorias contradicciones, inconsistencias, zonas grises y hasta explicaciones insuficientes” en relación a circunstancias tales como el motivo por el cual fue al hotel, la situación que se generó previo a ingresar a la habitación, la secuencia de los presuntos abusos y la forma en que salió del hotel.
Luego se refiere al “tono jocoso que caracteriza el comienzo de una conversación con una amiga”, que es una de las claves de la caída de la causa: unos audios presentados por una amiga que comienzan así: “Conocí a un rugbier francés, altísimo el chabón, relindo (risas) relindo… Llegué a mi casa a las 9… tremendo el pendejito”.
Luego establece una relación entre los moretones y marcas registradas en el cuerpo de la víctima por los especialistas de Cuerpo Médico Forense y una enfermedad que padece la denunciante y que explicaría la presencia de hematomas.
Para Nazar las pruebas aportadas por los abogados de la denunciante “no resultarían determinantes en el sentido incriminatorio” en tanto que los de la defensa “no podrían descartarse sin más”. También señala que en todo momento los fiscales adhirieron a los protocolos vigentes para casos de violencia de género, utilizando esa perspectiva para analizar la prueba.