El Senado provincial aprobó este martes por unanimidad la creación de la figura del “Oficial de Libertad Vigilada” en el ámbito del Ministerio de Seguridad y Justicia, quien tendrá la misión del “monitoreo y control” personalizado de quienes quedan liberados tras estar en la cárcel.
La iniciativa forma parte del paquete de leyes de seguridad que envió el Gobierno a la Legislatura. En este caso, el proyecto ya es ley, porque antes había sido sancionada por Diputados.
La ley transforma la actual “Dirección de Promoción del Liberado” en una “Dirección de Promoción y Control de Liberados”. En los papeles, este nuevo organismo no esperará que las personas que estuvieron en la cárcel vayan a la oficina a cumplir con los trámites obligatorios que tienen que hacer al salir, sino que “irá al domicilio” para verificar cómo actúan en libertad. “Así es como funciona en Estados Unidos”, indicaron fuentes oficiales.
Legisladores del oficialismo celebraron la sanción de esta ley. “Con esta iniciativa se busca evitar que reincidan en comportamientos delictivos y facilitándoles su reintegración social”, sostuvo el presidente provisional del Senado, Martín Kerchner, quien también destacó la aprobación de una nueva ley orgánica del Servicio Penitenciario que aportará “una estricta clasificación de las personas privadas de la libertad” y las impulsará “a que estudien y trabajen”.
En cuanto a la “Dirección de Promoción y Control de Liberados”, el senador radical David Saez dijo que tendrá como principales objetivos la contención y reinserción social de las personas liberadas o bajo régimen de libertad condicional.
“Se busca evitar la reincidencia delictiva de las personas que están alcanzadas por esta norma”, afirmó Saez en el recinto, y agregó que la dirección ejercerá “tareas de supervisión y de tutela” y hará “un acompañamiento del liberado en un proceso de inserción”, trabajando en la capacitación laboral incluso.
Según se informó oficialmente, más de 4.500 personas en Mendoza están bajo algún tipo de supervisión, de las cuales más de 3.500 pertenecen al ámbito provincial y alrededor de 1.000 al federal.
LA VIGILANCIA
En cuanto al Oficial de Libertad Vigilada, el personal para desempeñar esta tarea será seleccionado entre retirados del servicio penitenciario. Ellos estarán encargados de “supervisar a los liberados utilizando tecnología biométrica, en colaboración con los municipios”. Serán entre 30 y 40 personas, indicaron en el Ministerio de Seguridad.
De acuerdo con los fundamentos, la nueva norma representa un “cambio de paradigma porque se pasa de un sistema pasivo, que exigía que el liberado se presentara y rindiera cuentas ante la Dirección, a uno activo, donde es la Dirección la que va a buscarlo y controlarlo donde esté”.
Para ello, se crea la División de Control y Seguimiento. De esta División dependerá el “Oficial de Libertad Vigilada”, un tipo de agente que será “responsable del control y vigilancia de los liberados bajo competencia de este organismo”.
Entre las funciones de este oficial se destaca: verificar los datos personales, domicilio y arraigo del liberado; controlar el cumplimiento de las condiciones de libertad dispuestas en la resolución judicial; controlar la asistencia del liberado a su trabajo y/o programa de asistencia y tratamiento; y controlar el cumplimiento de las tareas comunitarias dispuestas por resolución judicial, entre otras funciones. También se regula legalmente la posibilidad de utilizar sistemas de seguridad inteligente para un control más efectivo de los liberados.
La ley también incluye la creación de una Secretaría General encargada de la administración contable, financiera y de recursos humanos de la nueva dirección, así como la implementación de un sistema de control efectivo y tecnológico, que actualmente utiliza pulseras electrónicas y sistemas de georreferenciación.
La Dirección de Promoción y Control de Liberados tendrá entre sus funciones la de confeccionar un registro y legajo actualizado de los liberados, que tendrá carácter confidencial. Es decir que los datos que contiene solo podrán ser requeridos por autoridad judicial y/o administrativa, y por los liberados y por sus defensores.