El Gobierno provincial siguió adelante con el plan para reestructurar deuda. Rodolfo Suárez oficializó el acto a través del Boletín Oficial. Decretó emitir títulos en pesos por el equivalente a U$S 81,5 millones en moneda local para hacer frente a vencimientos del Bono PMM29 que fue emitido en dólares. La idea es cancelar esa acreencia en moneda extranjera y quedarse con una equivalente en pesos.
La oposición había anunciado que cuestionaría la constitucionalidad de esa operación al entender que es un roll over y, por lo tanto, debe pasar por la Legislatura provincial. El Partido Verde presentó el pedido de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia (con una medida cautelar y la habilitación de feria) y hoy lo hará el Frente de Todos, que ultima detalles de su escrito.
Suárez firmó el decreto por el que se dispone la emisión de Títulos Públicos en moneda local, con un plazo mínimo de vencimiento de 18 meses cuyo destino será cancelar las amortizaciones de capital, correspondientes al Bono PMM29.
Mario Vadillo, quien anunció sus intenciones de ser candidato a gobernador, y el diputado provincial Emanuel Fugazzotto (Partido Verde) argumentaron sus disidencias ante la Justicia.
“Venimos en legal tiempo y forma a interponer acción contra el Poder Ejecutivo Provincial, a fin que se declare la inconstitucionalidad y nulidad del Decreto 2502/22 dictado por el Sr. Gobernador de la Provincia en fecha 29 de diciembre de 2022″, dice un extracto de la presentación realizada. Para el Partido Verde, el acto viola el artículo 41 dela Constitución Provincial y el 68 de la Ley de Administración financiera (Ley 8.706).
En el mismo escrito, se solicita “la adopción de una medida cautelar en vista de no permitir nueva contracción de deuda, licitación, o renegociaciones durante el proceso en trámite hasta que se resuelva la cuestión de fondo, velando por los daños y perjuicios que pudiesen significar para el erario público de la Provincia de Mendoza ante la inconstitucionalidad del Decreto 2505/22″.
También piden habilitar la feria para resolver el tema, porque el receso judicial dura hasta fin de mes y el tribunal sólo está habilitado para resolver la constitucionalidad de la ordenanza de la Municipalidad de Guaymallén por la elección de la reina de la Vendimia departamental.
Los argumentos
“El Artículo 41 de la Constitución Provincial expresa de manera concreta y sin lugar a dudas de interpretación que la toma de empréstitos por parte de la Provincia debe ser autorizada por los dos tercios de los miembros presentes de cada Cámara Legislativa”, expresan los opositores.
Sobre el artículo 68 de la Ley de administración Financiera de la Provincia (Ley Nº 8.706) advierten “que en caso de reestructuración de deuda se debe cumplir con el procedimiento de autorización legislativa de idénticas características al mencionado ut supra” (anteriormente).
“El Decreto Nª 2502/22 se sostiene en hipotéticas condiciones de mercado y económicas que podrían resultar favorables a la provincia buscando para la reestructuración la toma de nueva deuda pública para hacer frente a los vencimientos correspondientes al año 2023 de los Bonos Mendoza 2029″, indican
Y además subrayan que “todo esto no se encuentra contemplado en el marco normativo sin la previa ratificación legislativa establecida por el Articulo 41 de la Constitución Provincial y el Articulo 68 de la Ley de Administración Financiera de la Provincial (Ley Nº 8.706), siendo esto excluyente de cualquier acción a realizar por el Poder Ejecutivo en materia de reestructuración de deuda pública”.
Para el Partido Verde, el gobernador refinanció una deuda en dólares por 590 millones mediante los “Bonos Mendoza 2029″, emitidos por Decreto 1198/20 (PMM29) y dicho monto total de capital se amortiza en trece cuotas semestrales iguales y consecutivas a vencer los días 19 de marzo y 19 de septiembre, iniciando el primer pago el 19 de marzo de 2023.
“Suarez quiere mediante este decreto ‘un nuevo endeudamiento’, disponer la emisión de títulos públicos en moneda local por hasta la suma equivalente de USD 81.500.000 y con un plazo mínimo de vencimiento de 18 meses, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 68 y cc. de la Ley N° 8.706, de conformidad con los términos y condiciones que se detallan en los artículos 20 y 30 del proyectado decreto”, agregan.
Por estas exposiciones, concluyen que “la operatoria dispuesta en el decreto consiste en realizar una operación de crédito nueva (nuevo acreedor, monto, moneda, tasa, etc.) mediante la emisión de títulos públicos, destinando los fondos obtenidos a cancelar los servicios de amortización de capital correspondientes sólo al año 2023 (no los subsiguientes) de un deuda preexistente Bonos Mendoza 2029, a su vencimiento y en las condiciones inicialmente pactadas, es decir sin producir ninguna modificación en sus términos originales”.