Antes de que finalice este miércoles el plazo de 15 días que recibió, la defensa de Walter Bento fue a la carga por la ratificación atemporal de la prisión domiciliaria obtenida para cuidar a su hijo Facundo, un joven con discapacidades severas.
El equipo de abogados encabezado por Mariano Fragueiro Frías presentó recursos judiciales ante el Tribunal Oral Federal N° 2, que integran las juezas Gretel Diamante, Eliana Rattá Rivas y María Carolina Pereyra, para que el beneficio quede firme durante el juicio que lo tiene a Bento, como acusado de liderar una asociación ilícita que se valía del cobro de coimas a cambio de beneficios judiciales, entre otros delitos.
Este lunes la defensa elevó un recurso de casación contra la última resolución del TOF N° 2, ya que afirman que el plazo dispuesto no corresponde para una detención domiciliaria otorgada en beneficio de una persona con discapacidad. También, en otro escrito elevaron nuevos informes médicos de Facundo Bento, para fundamentar el pedido.
“De conformidad con lo normado en los artículos 456 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación, venimos a interponer recurso de casación contra la decisión del Tribunal del 25 de noviembre de 2024, notificada electrónicamente en idéntica fecha, por la que se resolvió hacer lugar a la detención domiciliaria ´POR UN PLAZO DE QUINCE (15) DÍAS DESDE QUE SE HAGA EFECTIVA´”, sostiene el recurso de casación elevado al TOF N° 2, al que tuvo acceso Los Andes.
Y apuntan a que “la resolución impugnada incurre en un notorio apartamiento de las normas que rigen este tipo de detención, a grado tal, que supone un claro caso de arbitrariedad por falta de fundamentación (cfr. Art 456 inc. 2o C.P.P.N.), dado que también omitió consignar los motivos por los que se apartó de la ley y limitó el plazo de la domiciliaria a uno antojadizamente dispuesto, que no guarda relación con la desaparición de los motivos que justificaron la aplicación del instituto”.
En el texto de 32 páginas, explican que “el propio Tribunal reconoce en la decisión impugnada, la detención domiciliaria dispuesta ´no tiene como directo beneficiario a Walter Bento, sino a su hijo, en cuyo interés exclusivo se funda esta decisión excepcional´”.
“El hijo menor de nuestro representado, Facundo, padece una grave discapacidad intelectual desde su nacimiento: no habla, no camina y requiere de asistencia permanente para todas las tareas de la vida diaria. Con lo cual, no hay ninguna posibilidad de asemejar la impugnación deducida contra una decisión dictada en un caso en que están en juego derechos de delicada textura y significación constitucional”, sostienen.
“Es decir, que la resolución en crisis no desconoce el gravamen irreparable que acarrea para la persona con una severa discapacidad separarlo del único referente afectivo que -en la actualidad- puede darle el cuidado y la atención que requiere”, manifiesta la defensa.
Y agregan: “En síntesis, el pronunciamiento del Tribunal Oral Federal nº2 de Mendoza no integra el plantel de medidas cautelares, cuya impugnación tramita con efecto devolutivo”.
Luego, afirman que “no existe en el catálogo procesal previsión alguna que indique que los recursos deducidos contra decisiones de esta naturaleza son de carácter devolutivo, por lo que corresponderá estar al efecto suspensivo que -por regla general- tienen este tipo de impugnaciones, es decir, que la interposición del presente recurso suspenderá la limitación temporal establecida para la duración de la detención domiciliaria dispuesta en beneficio de la persona con discapacidad (Cfr. Art. 442 del C.P.P.N.)”.