Este miércoles se conoció la medida del juez de Ejecución Penal, Sebastián Sarmiento, de realizar una quita progresiva de los celulares que tienen hoy a su disposición los presos de la provincia, que en la pandemia del 2020 y a raíz de las imposibilidades para recibir visitas, se les había habilitado el uso de los dispositivos electrónicos.
En paralelo, el gobernador Alfredo Cornejo expresó que también se está trabajando en la implementación de inhibidores de señales de celulares en “algunos pabellones” de las cárceles de Mendoza.
“Estamos trabajando en el bloqueo de teléfonos móviles en algunos pabellones. Estamos en periodo de prueba en algunas cosas, creo que va a funcionar bien y que va a bajar un poco el delito con teléfonos”, mencionó el mandatario en una actividad en Las Heras.
No obstante, expresó que “no sólo se producen los delitos con teléfonos sólo de la penitenciaría, sino también en otros lugares, como casas particulares, etcétera. Estamos trabajando en eso y esperamos en el año tener avances sustantivos”, marcó.
Por otro lado, señaló que “hay muchas prisiones domiciliarias que están sin tobilleras” por lo que apuntan a que se pueda mantener el convenio que tuvieron con el Gobierno Nacional en la anterior gestión “para que las prisiones domiciliarias cumplan con la tobillera”.
En tanto, señaló que están trabajando “en un montón de incorporaciones tecnológicas que ayuden a mejorar la seguridad, de hecho hemos creado una subsecretaría para esos temas porque creemos que la etapa que viene de mayor seguridad en Mendoza debe ser con mucha tecnología, si no, no vamos a poder prevenir delitos”.
Cómo será el retiro de los aparatos celulares de las cárceles
El juez Sebastián Sarmiento dictó cinco pautas que debe cumplir el Servicio Penitenciario a cargo de Eduardo Orellana:
-El retiro de los equipos telefónicos móviles deberá ser realizado de manera gradual en un plazo no inferior a los seis meses, estableciendo un mecanismo de trazabilidad y seguimiento adecuado, para permitir a los familiares de las personas privadas de la libertad, retirar dichos equipos del ámbito penitenciario.
-Se debe fijar una periodicidad del régimen de visitas de familiares y allegados en los establecimientos penales, con una frecuencia semanal, como mínimo.
-Se debe notificar con una anticipación no inferior a treinta días a las personas detenidas de los sectores de alojamiento, en el que se procederá al retiro de los equipos.
-Sólo podrá disponer el retiro de los equipos telefónicos celulares, en los sectores de alojamiento, donde se encuentre instalado y en condiciones operativas un sistema de Telefonía pública en los términos del art. 2° de la resolución 1122/98 (Reglamento de Telefonía Pública), debiendo garantizar al menos un equipo por cada pabellón, ala, o sector de cada establecimiento carcelario.
-Se debe instalar en cada establecimiento carcelario, de manera complementaria a los sistemas de telefonía pública, equipos para videollamadas, videoconferencia y/o plataformas de comunicación, destinadas para el contacto en situaciones de emergencia familiar y el contacto de los detenidos con sus defensores y asesores jurídicos, en una proporción mínima de un equipo cada doscientas personas detenidas.