Despidieron a un empleado estatal por faltar a trabajar 12 días sin justificación

Se trata de un agente del Ministerio de Economía y Energía que se ausentó durante gran parte del mes de septiembre de 2021.

Despidieron a un empleado estatal por faltar a trabajar 12 días sin justificación
Frente del edificio de Casa de Gobierno de Mendoza

El Gobierno provincial extendió la lista de despidos a empleados públicos por diversas irregularidades. Este viernes se concretó la cesantía de un agente del Ministerio de Economía y Energía que se ausentó de forma injustificada durante 12 días en el año 2021.

Según el Decreto N°1595, publicado en el Boletín Oficial, el agente Hugo Adrián Godoy no asistió a trabajar en el mes de septiembre de ese año en los siguientes días: “3/6/10/13/14/16/17/20/21/27/28/30″.

Entre los considerandos de la norma se destaca que son motivos de cesantía las inasistencias injustificadas superiores a seis (6) días, continuas o discontinuas, en término de seis (6) meses.

Entonces se le inició un sumario administrativo al agente y se le corrió vista para su descargo. Godoy asistió a la audiencia indagatoria pero no presentó descargo. Según expresa el Gobierno entre los considerandos, “teniendo en cuenta la gravedad de las infracciones y los antecedentes del agente, se ha establecido que es razonable aplicar una cesantía en concordancia con las circunstancias de hecho”.

Entonces, el gobernador Rodolfo Suárez decretó:

Artículo 1° - Déjese cesante a partir de la fecha de notificación del presente decreto, al agente Hugo Adrián Godoy, Clase 05- Chofer, Código Escalafonario 05-6-02-02, CUIL N° 20-24917670-3, del Ministerio de Economía y Energía por estar comprendido en la causal determinada por el Artículo 13 inciso a) y d) del Decreto- Ley Nº 560/73 y el Artículo 5º inciso a) de la Ley Nº 9103

Artículo 2° - Notifíquese el presente decreto a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia a fin de que proceda a tomar conocimiento y realizar la correspondiente actualización de sus registros.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

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