La provincia de La Pampa recibió un duro revés en su lucha por entorpecer el desarrollo de las provincias vecinas. En este caso fue un amparo judicial presentado contra la obra hidroeléctrica El Tambolar, de San Juan. El fallo de la Corte Suprema de Justicia, dictado el pasado jueves con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, contiene dos argumentos claves, de los cuales Mendoza tomó nota para defender a El Baqueano, ante un recurso planteado este año que va en el mismo tono.
En el año 2018, La Pampa promovió una acción de amparo ambiental contra la Provincia de San Juan y el Estado Nacional ante la Corte, afín de que se ordenara la inmediata paralización de la obra mediante dictado de una medida cautelar hasta que no se cumpliera con “determinadas exigencias”, como la elaboración de un nuevo estudio de impacto ambiental que involucrara a todos los actores de la cuenca hídrica interjurisdiccional Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó-Colorado para determinar si “degrada el ambiente o alguno de sus componentes y afecta la calidad de vida de la población”.
A la vez también solicitaban la realización de una Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E) con audiencias públicas interprovinciales. Del resultado de estos procedimientos, entonces debería salir la reformulación del proyecto.
Cinco años después, el máximo tribunal desechó el recurso de La Pampa aduciendo que la obra que se desarrolla en el Río San Juan, 18.8 km aguas arriba de la Presa Los Caracoles, no produce ningún daño específico a la cuenca que señala La Pampa, y además se encuentra inserto en un sistema preexistente de explotación hidroeléctrica, tal como se emplaza la obra El Baqueano sobre el Río Diamante, entre las presas Agua del Toro y Los Reyunos.
“No surge de los argumentos vertidos por la actora en su escrito de demanda ni de la prueba acompañada, elementos que permitan concluir de manera clara y contundente, que la obra en cuestión le cause un agravio discernible respecto una cuestión justiciable, máximo cuando no se encuentra controvertido que dicho emprendimiento se inserta en un sistema preexistente de explotación hidroeléctrica en cascada y ocupa un lugar geográficamente y sistemáticamente comprendido entre dos obras ya en funcionamiento”, señala el fallo.
Y explica que “en síntesis, no se desprende de tales elementos la incidencia de la represa ´El Tambolar´ en un agravio discernible interjurisdiccional que afecte a la actora, por lo que la Provincia de La Pampa no ha demostrado que la implementación de la obra mencionada por sí sola, le esté causando una lesión concreta o, al menos, le genere un riesgo cierto de padecerla si ello no es oportunamente conjurado por la actuación del Poder Judicial”.
Estos dos argumentos fueron puestos en valor por el Fiscal de Estado de Mendoza, Fernando Simón, en vistas a la presentación que hizo La Pampa en mayo pasado, pidiendo también la suspensión del desarrollo de El Baqueano y la realización de un estudio de impacto ambiental regional sobre toda la cuenca del Río Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curaco con “carácter vinculante”.
En diálogo con Los Andes, Simón comentó: “Me parece un buen fallo y es muy claro. Tiene argumentos que entiendo, pueden ser aplicables a la situación de El Baqueano, así que es un buen precedente para nosotros”.
“Por un lado, plantea que no hay ninguna demostración del daño. La Pampa hace invocaciones genéricas sobre los perjuicios que causaría, pero no demuestra un daño actual” de la obra El Tambolar, destacó el fiscal.
Y por el otro señaló la importancia de que la Corte haya rescatado que el proyecto se encuentre en “un sistema preexistente de explotación hidroeléctrica en cascada y ocupa un lugar geográfica y sistemáticamente comprendido entre dos obras ya en funcionamiento”.
“Es exactamente lo que sucede con El Baqueano, que está entre dos obras hidroeléctricas. Es uno de los argumentos más fuertes. Nosotros decimos que como está aguas arriba de las obras existentes, no va a cambiar en nada el régimen del río. Ese río ya tiene una presa y está bajo de la que se va a construir”, sostuvo.
Por el momento, la acción que presentó La Pampa se encuentra en la Secretaría de Juicios Ambientales y no se le ha dado vista al Gobierno de Mendoza para que presente una respuesta. Es decir que formalmente la Provincia no ha sido notificada, aunque sea de público conocimiento la demanda.
“Los dos argumentos son transferibles casi a la misma situación de El Baqueano. Cuando nos toque en otra instancia, seguramente los citaremos. Hasta el momento no hemos tenido noticias formales de este juicio, lo sabemos por los medios”, completó el Fiscal de Estado mendocino.
Cabe señalar que la acción judicial por sí sola no impide el avance del proyecto. Solo la Corte, a través de una medida cautelar podría impedirlo. De esta forma, El Baqueano atraviesa la etapa pre licitatoria, dónde más de 10 empresas, entre nacionales e internacionales, accedieron a la documentación suministrada por el Ejecutivo y se interiorizan en los detalles de la obra. Es un plazo de 60 días que inició a mediados de octubre y luego se dará pasado a la licitación pública respectivamente.