Los empleados judiciales finalmente trabaron acuerdos salariales en paritarias con el Gobierno Provincial, luego del malestar que había en el sector por descuentos salariales que llegaron, en algunos casos, al 50 y 70% del sueldo, tras los 19 días de paro que hubo en las últimas semanas.
El conflicto entre el gremio, conducido por Ricardo Babillón, con el Poder Ejecutivo, había escalado a altos niveles, teniendo en cuenta que no habían aceptado la propuesta de suba salarial para el segundo trimestre del año; y lo mismo estaba ocurriendo con la discusión del tercer trimestre. El punto máximo del problema fueron los descuentos que llegaron a fines de la semana pasada, que superaron los $300.000 en algunos casos, según informó el sindicato.
Lo cierto es que toda esta discusión se terminó anoche, en una reunión en la subsecretaría de Trabajo, donde asistieron las partes; más miembros que representaron incluso a la Suprema Corte de Justicia, que intervino también en el conflicto.
Los puntos del acuerdo
En primer lugar, la Suprema Corte informó que reintegrará el descuento salarial que les realizó a los empleados que se plegaron a las medidas de fuerza, pero con condiciones, ya que deberán devolver “con trabajo, los días de paro que hayan realizado”.
Tanto la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa y Pupilar se comprometieron, en tanto, a “instrumentar la habilitación -a través de sus respectivas direcciones de Recursos Humanos- de un formulario de adhesión, a los fines de proceder al reintegro de los días descontados por las medidas de acción directa, para aquellos agentes que quieran devolver los días no trabajados”.
Los empleados podrán prestar servicios durante la feria judicial de julio, “en horarios normales y habituales o en contraturno”. La otra opción es con licencias compensatorias, “con la posibilidad de combinarlas hasta el 30 de septiembre”.
Por otro lado, se cerró la discusión del segundo trimestre del año, por lo que habrá cambios en la suba que dio el gobernador Alfredo Cornejo por decreto (el 947) a los Judiciales. “En lugar del 10% otorgado para abril, mayo y junio por el decreto citado, se asignará el 11%”, informaron.
Estos porcentajes no son acumulativos y se calcularán sobre la base fija del mes de enero de 2024.
En tanto, sobre la discusión paritaria actual para el tercer trimestre del año, se acordó una suba del 5% para julio, 5% para agosto y 5% para septiembre en la asignación de clase. Los incrementos tampoco serán acumulativos, pero los meses de agosto y septiembre se calcularán sobre la base fija del salario de julio; mientras que julio se calculará sobre salario del mes de junio.
Entre otro de los puntos, se modificará también el porcentaje de cálculo del ítem 1482 “Empleados Judiciales 2023″, el que pasará -a partir del 1° de agosto de 2024- del 20% al 26% y a partir del mes de septiembre de 2024, al 27%.
También se anunció la creación del ítem “EFECTIVIDAD CPP”, el que complementará al Adicional Código Procesal Penal y será equivalente al 65% de la Asignación de Clase que le corresponda percibir a cada agente.
Según informaron desde el Poder Judicial, el mismo será percibido exclusivamente por quienes cobran actualmente el CPP y desarrollan tareas normales y habituales en las Oficinas Fiscales Departamentales, en el Cuerpo Médico Forense y Criminalístico en el Registro Provincial de Huellas Genéticas, en el Equipo Profesionales Interdisciplinario (EPI), Equipo de Abordaje Abusos Sexuales (EDeAAS), Unidad de Apoyo para la Investigación Fiscal (UDAPIF), Oficina de Asistencia al Usuario y personal dependiente de la Dirección de Servicios Generales y Dirección de Infraestructura que desarrollen tareas normales y habituales en las Oficinas Fiscales Departamentales, quienes actualmente perciben el Adicional CPP, todas ellas dependientes del Ministerio Público Fiscal.
Este ítem tendrá por objetivo “el mejoramiento de la actividad de tales dependencias, retribuyendo la proporción entre el resultado obtenido y los medios empleados por las Oficinas Fiscales y dependencias de Apoyo que cuentan con el régimen CPP”.
En tanto, se liquidará conforme a los siguientes parámetros: “sanciones aplicadas al personal, atención adecuada a la víctima; cumplimiento del horario y comunicación de licencias en tiempo y forma”; y tendrá carácter remunerativo pero no bonificable; y será liquidado a partir del mes de agosto.
Por otro lado, se modificará el porcentaje de cálculo de los ítems que a continuación se detallan: Maestría al 40% y Doctorado al 70%. Esto se realizará sin cambiar su naturaleza ni forma de cálculo que posee al momento del presente acuerdo.
Por un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo
También se resolvió que se avanzará en la implementación de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para los agentes judiciales, el cual iniciará su debate el 19 de agosto. A tales fines, la Suprema Corte de Justicia, Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa designarán a los representantes técnicos que participarán en las mismas.
Asistieron al encuentro paritario el subsecretario de Trabajo y Empleo, Rodrigo Herrera; por Asociación Gremial de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de Mendoza, Ricardo Babillón; Silvina Barrera y el asesor letrado, Juan José Greco.
Por el Poder Judicial asistieron el miembro paritario, Constantino Piménides; el Administrador General de la Suprema Corte de la Provincia de Mendoza, Enzo Rizzo; por el Ministerio Público de la Defensa y Pupilar, Juan Manuel Moralla; mientras que desde el Ministerio de Hacienda, estuvo la Directora de Política Salarial y Análisis del Recurso Humano, Mariana Lima; y desde el Ministerio de Gobierno, Gustavo Sinzig.
Para Valerio, el Estado “no puede devolver el dinero descontado”
La polémica por el paro de casi 20 días de los empleados judiciales generó un punto más de conflicto, en este caso dentro de la Suprema Corte, ya que el ministro José Valerio criticó cómo gestionó desde el día 1 el presidente de la Corte, Dalmiro Garay, todo el proceso paritario y de conciliación obligatoria.
Pero además, consideró que el Estado “no puede devolver dinero”, por lo que podría tener un problema luego a la hora de realizar los “reintegros” del sueldo, tal como anticipó la Suprema Corte en un comunicado.
En diálogo con radio Jornada, Valerio dijo que es un “crítico de la resolución del Presidente”, al indicar, en primer lugar, que “no tenía las atribuciones para hacerlo”. Pero también cuestionó que se “ejecutaran” los descuentos.
“Yo creo que no tiene atribución el Presidente solo para descontar, sí lo tenía si la Sala Administrativa le daba la atribución”, marcó, por lo que advirtió que hubo una decisión unipersonal en este tema. No obstante, desde la Suprema Corte negaron estas críticas y aseguraron que sí estaban al tanto el resto de los ministros.
Valerio comentó además que hubo empleados “a quienes les descontaron sin haber hecho un solo día de paro. ¿Qué pasará con estas personas?”, se preguntó.
Y amplió: “El otro problema es que el Estado no puede devolver dinero. ¿Cómo va a devolver? Cuál es el justificativo? Acá el problema es que no tendría que haber descontado, como lo anticipé. Lo que había que hacer era poner en conocimiento a los empleados y hacer el mayor esfuerzo por la conciliación”.
Sobre los descuentos, también sostuvo que en algunos casos “se descontó más que el límite del embargo, que es el 30%. Les descontaron más allá de los límites de lo disponible”, esgrimió.
Desde el Poder Judicial expresaron que hubo “reuniones en pleno” de la Corte, donde se definieron las medidas a tomar; y además agregaron que podrán devolver el dinero, “como ocurrió en diciembre del 2022, cuando se les devolvió el dinero de los días de paro descontados a los funcionarios judiciales”.