El Gobierno oficializó el acuerdo con una distribuidora eléctrica para ampliar la concesión por 20 años más

Fue con Edeste SA, que tendrá la concesión, tras esta rúbrica, de 50 años de aquí hacia adelante. A cambio, la empresa renunciará de reclamos inciados por ingresos no percibidos. Los puntos importantes del acuerdo.

El Gobierno oficializó el acuerdo con una distribuidora eléctrica para ampliar la concesión por 20 años más
Planta transformadora de electricidad. Edeste es la planta que transforma la electricidad de alto voltaje y la distribuye a los domicilios de los departamentos del Este de Mendoza Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

El Gobierno Provincial oficializó este viernes el importante acuerdo que cerró con la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este Sociedad Anónima (Edestesa), con el cual se ampliará la concesión que tiene el organismo en los departamentos del este mendocino por 20 años más. A cambio, la distribuidora renunciará de reclamos ya iniciados por ingresos no percibidos “desde el inicio de la concesión hasta la fecha de la firma del acuerdo”.

El convenio entre las partes salió publicado este viernes en el Boletín Oficial bajo el decreto 366, y está sellado con las firmas del gobernador, Rodolfo Suárez; y el ministro de Infraestructura, Mario Isgró. No obstante, uno de los principales negociadores fue el titular de Servicios Públicos, Natalio Mema.

De esta manera, Edestesa tendrá la concesión hasta el año 2073, teniendo en cuenta que ya tenía un plazo de 30 años de concesión a futuro para distribuir la energía eléctrica en la zona establecida anteriormente.

Planta transformadora de electricidad.
Edeste es la planta que transforma la electricidad de alto voltaje y la distribuye a los domicilios de los departamentos del Este de Mendoza

Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes
Planta transformadora de electricidad. Edeste es la planta que transforma la electricidad de alto voltaje y la distribuye a los domicilios de los departamentos del Este de Mendoza Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

Desde la Provincia, por su parte, destacaron que la deuda por ingresos no percibidos, rondaba los $21.000 millones sólo con Edestesa. Un monto similar se debía a la Cooperativa Eléctrica de Godoy Cruz; mientras que con Edemsa, la mayor distribuidora de energía eléctrica en la provincia, la deuda llegaba a unos $140.000 millones, dando un total de $182.000 millones.

Volviendo al acuerdo rubricado en el decreto, tal como se establece en los considerandos, se basa en una serie de aspectos esenciales que son los siguientes:

  • La Distribuidora desiste y renuncia a todo reclamo iniciado y/o por iniciar por ingresos no percibidos desde el inicio de la concesión hasta la fecha de la firma del acuerdo.
  • La Distribuidora se compromete a entregar a la Provincia la renuncia a todo reclamo administrativo, judicial o de cualquier índole tanto contra el Poder Concedente como contra el EPRE de los accionistas clase A de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este Sociedad Anónima (Edestesa).
  • La Provincia, en el marco del artículo 9 de la Ley N° 7543, otorga 20 años más de concesión a los 30 actuales.
  • La Distribuidora se obliga a ejecutar en tiempo y forma el Plan de Obras por Pesos Mil Ochocientos Millones ($1.800.000,00) que se establece como Anexo I (a realizarse en el período de 10 años), debiendo el mismo ser ajustado por el Poder Concedente en los sucesivos ajustes tarifarios en los mismos porcentajes en los que se incremente el Valor Agregado de Distribución (VAD) de la Distribuidora, ya sea por adecuación como por revisión tarifaria del mismo.
  • La Provincia reconoce por única vez un monto extraordinario de Pesos Trescientos Millones ($300.000.000,00) en compensación por las deudas que debió asumir la Distribuidora a los efectos de sostener el cumplimiento de sus obligaciones con CAMMESA hasta el año 2018. Este concepto no implica reconocimiento alguno de Derecho y es incluido al mero efecto de asegurar el éxito de la transacción, y La Provincia se obliga a reducir el canon de concesión del 10% al 6%, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 20 inc. I) de la Ley N° 6497.

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