El Gobierno Provincial determinó que desde hoy se volverá a la presencialidad en la Administración Pública, teniendo en cuenta el avance en el operativo de vacunación en Mendoza y la baja en los caso en la Casa de Gobierno.
“Convóquese el retorno a la actividad laboral presencial del personal de la Administración Pública Provincial, a partir del 1 de septiembre de 2021, en el horario y con las prestaciones habituales, independientemente de la edad y la condición de riesgo”, marca la resolución 125 del Boletín Oficial.
Además, el artículo 2 expresa que los trabajadores “deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar con carácter de declaración jurada los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación”.
Los directores de las diferentes áreas, mientras tanto, deberán hacer “los ajustes necesarios para el correcto desempeño de la repartición a su cargo, mediante resolución fundada”.
En los considerandos de la norma, el Gobierno hace un repaso del operativo de vacunación a nivel mundial, y los beneficios que ha otorgado a la población poder acceder a las dosis correspondientes para disminuir la mortalidad y los problemas que genera la enfermedad del coronavirus.
“Con los resultados disponibles al momento, las vacunas utilizadas en Argentina demostraron una adecuada eficacia para la prevención de las formas graves y de la muerte por la enfermedad, lo cual disminuye el riesgo y posibilita el retorno de los trabajadores a sus lugares de trabajo”, indicaron, por lo que marcaron después que es necesario “implementar estrategias que permitan recuperar la capacidad de trabajo de los diferentes sectores y establecer las condiciones necesarias para la reincorporación de los trabajadores y las trabajadoras a sus lugares de trabajo”.
El decreto
EL MINISTRO DE GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA RESUELVE:
Artículo 1º - Convóquese el retorno a la actividad laboral presencial del personal de la Administración Pública Provincial, a partir del 01 de septiembre de 2021, en el horario y con las prestaciones habituales, independientemente de la edad y la condición de riesgo, según lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 4/2021 RESFC-2021-4-APN-MS.
Artículo 2º - Los trabajadores y trabajadoras deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar con carácter de declaración jurada los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación, conforme lo establecido en la Resolución Conjunta Nº 4/2021 RESFC-2021-4-APN-MS.
Artículo 3º - Los Directores de las diferentes áreas harán los ajustes necesarios para el correcto desempeño de la repartición a su cargo, mediante resolución fundada.
Artículo 4º - Comuníquese a quienes corresponda y archívese.