Este viernes, los cinco miembros de la Corte Suprema de Justicia resolvieron el regreso al trabajo presencial a partir del 1 de septiembre de magistrados, funcionarios judiciales y empleados del Poder Judicial que hayan recibido al menos una dosis de la vacuna contra el coronavirus.
“Quedan excluidos de lo dispuesto, en esta etapa, las mujeres embarazadas y aquellos que padezcan enfermedades que los hagan más vulnerables al COVID”, aclara el primer inciso de la resolución.
La medida revierte la cuarentena laboral establecida por la Acordada 4 del año pasado, firmada en marzo de 2020, cuando Alberto Fernández estableció el ASPO y renovada periódicamente con algunas modificaciones.
“Los agentes mencionados podrán ser convocados por las respectivas autoridades que ejerzan la superintendencia, a prestar servicios en forma presencial, una vez transcurridos 14 días de la inoculación con alguna de las dosis de las vacunas referidas”, advierte la Corte. Por eso, todos los trabajadores judiciales “deberán acreditar sin demoras” si ya fueron vacunados.
Por supuesto, el regreso a los juzgados y tribunales “deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito”, es decir del Poder Ejecutivo.
La Acordada 14/2021 lleva la firma del titular de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y sus cuatro colegas: Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton.