Con 37 votos a favor y uno en contra (el Frente de la Izquierda y los Trabajadores) se aprobó un proyecto que había sufrido varias modificaciones en la Cámara de Diputados y que es una adaptación a la provincia de la Ley Nacional 27401. Establece, por primera vez, un régimen penal aplicable a las personas jurídicas privadas, involucrando a las empresas que contraten con el Estado provincial, Municipios y entes autárquicos.
Durante su tratamiento fue el propio presidente Provisional del Senado, Juan Carlos Jaliff quien explicó los principales aspectos de la propuesta debatida en donde “será la obligación de estas empresas de tener un programa de integridad”.
El proyecto apunta a la transparencia en las contrataciones del Estado y a la lucha contra la corrupción. Establece un régimen penal aplicable a las personas jurídicas privadas, involucrando a las empresas que contraten con la Provincia, los municipios y los entes autárquicos.
Para que las empresas puedan contratar con el Estado deberán cumplir un Programa de Integridad que deberá contener un código de ética o de conducta; reglas y procedimientos específicos para prevenir ilícitos en el ámbito de concursos y procesos licitatorios, en la ejecución de contratos administrativos o en cualquiera otra interacción con el sector público y capacitaciones periódicas sobre el programa a directores, administradores y empleados.
También, tendrá que incluir el análisis periódico de riesgos, canales internos de denuncia de irregularidades, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos y una política de protección de denunciantes contra represalias.
La iniciativa dispone que las personas jurídicas privadas deberán presentar al momento de su inscripción o renovación de su inscripción en los Registros correspondientes, una declaración jurada indicando que no tienen sanciones ni procesos pendientes por los delitos establecidos en la Ley Nacional N° 27.401 (cohecho y tráfico de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, concusión prevista en el artículo 268 del Código Penal, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y balances e informes falsos agravados).
Vale destacar que en diciembre de 2017, el Congreso de la Nación dio sanción definitiva a la ley de Responsabilidad Penal aplicable a las personas jurídicas privadas. En el artículo 28, se invita a las provincias a adherir a la norma.
En Mendoza, el senador radical Juan Carlos Jaliff fue quien presentó una iniciativa para que se sumara a la legislación nacional. A dicha propuesta se le acumularon los proyectos del senador Pablo Priore (Pro) y de los ex legisladores Juan Gantus y Marcos Niven.