El Gobierno provincial levantó el tope para que los estatales se “financien” por vía de los “códigos de descuento”. Hasta ahora, las cuotas no podían exceder el 35% del monto salarial que queda una vez practicadas las deducciones de ley, cuota sindical y por orden judicial derivadas de obligaciones alimentarias. Ahora, por el decreto 671 publicado hoy en el Boletín Oficial, ese tope se sube a 40%.
La Administración de Rodolfo Suárez, en el año 2020, ya habían subido el tope anterior de 20% al vigente hasta ayer de 35%.
Los “códigos de descuento”, se usan para compras de bienes o toma de préstamos que luego se pagan en cuotas descontadas en el mismo cálculo del salario que realiza mes a mes el Estado.
El tope del descuento vía código, se redujo en 2018, en la gestión de Alfredo Cornejo. En aquel momento los trabajadores podían afectar su salario hasta el 50%. De acuerdo a datos oficiales, en 2018 el 40% de los empleados estatales tenía problemas financieros por el alto margen de endeudamiento. Por eso es que se decidió poner un tope 20% para préstamos.
Además, se establecía otro límite: “el monto de los haberes a percibir por los empleados, una vez practicadas las deducciones no podrá ser inferior al monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil vigente”. Es decir, el descuento de 20% no debía dejar el monto cobrado por el agente por debajo del mínimo vital.
En 2020, ya con Suárez al frente del Poder Ejecutivo, se firmó el decreto 1.000, en el que se indicaba que “los descuentos por las deudas o prestaciones que el personal de la Administración Pública Provincial dependiente del Poder Ejecutivo voluntariamente pacte con los titulares de códigos de descuento en el marco del presente sistema, no podrán superar en conjunto, el límite del treinta y cinco por ciento (35%) del haber mensual neto a percibir por el agente o funcionario al momento de informarse la realización de la operación”.
Ahora, en los considerandos del decreto 671 publicado ayer, Suárez argumenta que “la Provincia de Mendoza presenta un bajo acceso a servicios financieros y participación en los depósitos y préstamos del sector privado no financiero al comparar con otras provincias, incluso algunas de menor desarrollo económico en términos de PBG per cápita, y su potencial desarrollo radica justamente en el mayor conocimiento de los instrumentos financieros como su eficiente utilización”.
Más adelante, los considerandos del nuevo decreto dicen que “en función de la experiencia demostrada desde la vigencia del Decreto N° 1208/18 y ante la necesidad de brindar mayores posibilidades de acceso al crédito a los agentes públicos, se estima conveniente modificar el límite de descuento del haber fijado así como permitir la incorporación de nuevos actores que permitan incrementar la oferta de servicios generando de esta manera mayor competencia y una reducción de las tasas reales”.
Así pues, el artículo 3 del decreto 671 establece el nuevo tope de 40%, aunque se mantiene la limitación de que los descuentos no pueden dejar el monto cobrado por el estatal por debajo del salario mínimo vital y móvil.