La Corte Suprema ordenó que Cristina Kirchner vaya a juicio por el memorándum con Irán

El máximo tribunal rechazó los recursos extraordinarios y ordenó avanzar en la causa que se inició en enero de 2015 con la denuncia que presentó el fiscal Nisman. Allí sostenía que la firma de ese documento buscó encubrir a los acusados del atentado a la AMIA.

La Corte Suprema ordenó que Cristina Kirchner vaya a juicio por el memorándum con Irán
Cristina Fernández de Kirchner

La Corte Suprema de Justicia ordenó hoy que la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y otros acusados vayan a juicio oral por la firma del memorándum con Irán por el atentado a la AMIA, al rechazar recursos extraordinarios de las defensas, informaron fuentes judiciales.

El máximo tribunal avaló la decisión que había tomado al respecto la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que revocó los sobreseimientos de todos los acusados y ordenó que se avance hacia la etapa de juicio en el caso que se abrió por denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman.

La Corte rechazó por unanimidad las apelaciones presentadas por las defensas de Cristina Kirchner, Angelina Abbona, Carlos Zannini y Juan Martín Mena, al ratificar la revocatoria de sus sobreseimientos y ordenar la continuidad de las actuaciones judiciales.

Las impugnaciones fueron desestimadas por cuestiones formales, sin abordar el análisis de las pruebas; en paralelo, en un expediente relacionado, la Corte también rechazó una recusación planteada por Zannini contra los ministros del máximo tribunal.

El caso involucra la presunta intención de garantizar impunidad a ciudadanos iraníes acusados por el atentado a la AMIA mediante negociaciones paralelas al tratado internacional.

Inicialmente, el Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó a todos los imputados, decisión que fue revocada por la Cámara Federal de Casación Penal, que ordenó además apartar a los jueces originales del proceso.

El fallo de la Corte, respaldado por los votos de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, destacó que el recurso presentado “no satisface los recaudos legales para su admisibilidad”.

Asimismo, se rechazaron planteos sobre la garantía de juez natural, la razonabilidad de los tiempos procesales y las alegadas arbitrariedades del fallo apelado.

Finalmente, la Corte subrayó que no se demostró la existencia de una situación de gravedad institucional que justificara su intervención.

En otro dictamen, también se rechazaron recusaciones contra los jueces de Casación y los nuevos magistrados designados para intervenir en el juicio.

La causa se inició en enero de 2015 con la denuncia que presentó Nisman, y en la que sostuvo que con la firma del memorándum entre Argentina e Irán se buscó encubrir a los acusados del atentado a la AMIA porque hacía caer las alertas rojas de Interpol de detención que pesaban sobre ellos.

El Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó en octubre de 2021 a todos los acusados por inexistencia de delito.

“El Memorándum, más allá de se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó delito”, dijeron en aquel fallo los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado, en una decisión que fue apelada por la DAIA y familiares de las víctimas del atentado a la AMIA.

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