Antes del reinicio del juicio, la defensa del exjuez federal Walter Bento avanzó con otra batería de recursos contra las juezas que componen el Tribunal Oral Federal N° 2, los fiscales del debate y la última resolución que ratificó la prisión preventiva que pesa sobre el imputado como líder de una asociación ilícita.
Los abogados Mariano Fragueiro Frías y Felipe Salvarezza acuden nuevamente a la Cámara Federal de Casación Penal, con el antecedente fresco de que le haya anulado una resolución al tribunal compuesto por las juezas Gretel Diamante, María Carolina Pereira y Eliana Rattá Rivas recientemente y solicitarle más argumentos para mantener en la cárcel al exmagistrado.
Esa fue la punta del ovillo para tejer la nueva estrategia de la defensa. Sabiendo que iban a acumular rechazos por parte del TOF, primero a la inmediata libertad solicitada para su defendido y después a las recusaciones planteadas, tanto contra las propias juezas como a los fiscales Dante Vega y María Gloria André para que se aparten del debate por ser acusados de “imparciales”, ahora elevan los recursos de casación en busca de torcer el rumbo del juicio. Van por todo o al menos, la inmunidad de arresto del exjuez.
Los tres planteos fueron concedidos para su tratamiento por los camaristas Carlos Mahiques, Carlos Carbajo y Gustavo Hornos, pero la resolución podría demorarse hasta el límite con la feria, dicen fuentes cercanas al procedimiento. Mientras tanto, este miércoles se reanudará el debate con normalidad y el próximo viernes Bento ampliará su declaración indagatoria.
Se aferran a la queja presentada ante la Corte
La defensa de Bento interpuso un recurso de casación contra la decisión del TOF N° 2, que el pasado 8 de abril dictaminó una nueva resolución sobre su prisión preventiva: “I. TENER POR CUMPLIMENTADO el dictado de nuevo pronunciamiento con ajuste a lo señalado en la disposición de reenvío encomendado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal en la resolución dictada en la presente causa. II. MANTENER LA PRISIÓN PREVENTIVA de WALTER RICARDO BENTO, ordenada por el Dr. Eduardo Puidéngolas, juez competente al momento de su dictado”.
Para sostener la prisión preventiva, ante la solicitud de la Cámara Federal de Casación, el TOF N° 2 enumeró las series de conductas señaladas por la fiscalía como “configurativas de la presunta comisión del delito de desobediencia respecto de una orden emanada de autoridad judicial por 2 (dos) hechos en concurso real (…) y en concurso ideal con el delito de ocultamiento de un objeto destinado a servir como prueba”.
Además, aseguraron que el derecho de Bento a que la Corte Suprema de Justicia revise la destitución como juez federal que sentenció el Jury de Enjuiciamiento el pasado 8 de noviembre, “no impacta en la medida de coerción impuesta, en virtud de la cual el imputado se encuentra en prisión preventiva”.
“La ejecutividad de la sentencia conlleva ínsita la consecuencia de la cesación de la inmunidad de arresto, y, por lo tanto, fue adecuado a derecho disponer la ejecución de la prisión preventiva por parte de este tribunal”, sostuvieron las juezas y enfatizaron que sí el exjuez federal “no ejerce funciones jurisdiccionales, ni percibe salarios, ni goza de las otras inmunidades o prerrogativas propias de la actividad judicial, no se entiende por qué subsistiría, en cambio y solamente, la pretendida inmunidad de arresto”.
En este último punto, los abogados Fragueiro Frías y Salvarezza, sentaron sus argumentos en un extenso planteo de 45 páginas al que tuvo acceso Los Andes. “Al recibirse el presente recurso, el Tribunal tiene una nueva oportunidad para disponer la inmediata libertad de nuestro asistido, a las resultas del incidente constitucional aquí planteado, así se exige en nombre de la Constitución Nacional y la ley aplicable al caso”, solicitaron al principio.
Los abogados indican en relación a la respuesta que dio el Tribunal hacia Casación, que “en la medida” que es la primera sentencia “– presuntivamente – que gozaría de validez formal, puede ser sujeta a recurso, y frente a ellos sólo cabe la aplicación del efecto suspensivo”.
“Dicho de otro modo, Bento ha sido privado de su libertad gozada como status durante todo el proceso. El cambio de estado (libertad-encarcelamiento) implica que un recurso instado contra esa decisión significa la suspensión de sus efectos, esto es, de la detención”, manifiestan.
Luego, advierten que las reglas del Código Procesal Penal (y Federal) son “aplicables supletoriamente al régimen procesal reglamentario del Jury”.
“La interpretación del momento a partir del cual adopta firmeza el fallo del Jurado de Enjuiciamiento responde a los mismos estándares que la ejecutividad de la sentencia penal, conforme reglas que hemos examinado minuciosamente”, agregan en ese sentido.
Y sostienen que “la tesis que corresponde aplicar es que la denegación del recurso de queja por parte de la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación es el hito que produce la definitividad y ejecutoriedad de la sentencia de destitución”. Es decir, hasta que la Corte no resuelva sí queda firme o no la destitución como magistrado por parte del Jury.
“Antes de eso, su iter procesal, las garantías que amparan el ejercicio de la magistratura, aún del que fuera suspendido por el Consejo de la Magistratura, siguen vigentes. Solo la firmeza de la sentencia del Jurado hace cesar la garantía de inmunidad de arresto”, remarcaron.
Por la otra vía, en el recurso de casación presentado contra las juezas en busca de su apartamiento, se basan en que deberían haberle otorgado la libertad a Bento por estos argumentos y aseguran que “las Magistradas se han apartado de las más elementales normas de derecho, privilegiando prejuicios y condicionamientos que conforman la consideración del temor de parcialidad que gravita sobre nuestro defendido”. Una acusación similar presentaron contra los fiscales, más allá de apuntar a la supuesta “enemistad manifiesta” de Vega, punto en que insisten desde el inicio del debate.
Vuelve a declarar el Chato Álvarez
En tanto, en la audiencia de este miércoles, ampliará su declaración indagatoria el abogado imputado como miembro de la banda, Francisco “Chato” Álvarez. Lo hará después de que en la tanda anterior, dos testigos lo acusaran de haberlos querido cooptar para que pagaran sobornos a cambio de salir de la cárcel y lo rechazaron.
Primero, el testigo Sebastián Palumbo (condenado como financista de una banda de contrabando del Chino Cheng) declaró que Álvarez le habría ofrecido el pago de un soborno de 350 mil dólares a sus amigos para gestionar su libertad, en una reunión en Palmares.
Posteriormente, el condenado como organizador de esa misma banda, José Rodríguez Núñez, aseguró que el abogado se reunió con su esposa, su hermano y un amigo suyo en julio de 2020 a ofrecerles un trato espurio por “250 mil dólares en efectivo o 300 mil en una hipoteca”.