Tras no poder subastarla, la Justicia ordenó qué hacer con la imponente mansión de Luis Lobos

La Jueza María Paz Gallardo resolvió la adjudicación del inmueble a la Dirección General de Escuelas.

Tras no poder subastarla, la Justicia ordenó qué hacer con la imponente mansión de Luis Lobos
El peronista Luis Lobos. (Télam/Alfredo Ponce)

Luego de varios intentos sin éxito de subasta pública, la Justicia de Mendoza adjudicó la mansión del exintendente de Guaymallén, Luis Lobos, a la Dirección General de Escuelas (DGE), tal como establece la ley de extinción de dominio.

La decisión la tomó la jueza del Tribunal de Gestión Judicial Asociada en lo Civil, Comercial y Minas N° 1 de la Primera Circunscripción, María Paz Gallardo.

Según interpretó la magistrada en el fallo, un nuevo intento de subasta “por un precio menor al ya fijado resultaría en el caso entieconómico, con los gastos que ello significa”. Es que en las últimas presentaciones, no hubo oferentes para hacerse con la abandonada vivienda ubicada en el Barrio Alto Portal del Sauce, del departamento de Guaymallén.

En este sentido, agregó la Jueza que , “como contraposición, no tengo dudas en cuanto a que redundaría en mejor provecho para la Dirección General de Escuelas la entrega directa de los inmuebles identificados, cumplimentando así y de mejor modo, el verdadero espíritu de la ley de extinción de dominio”.

Es que la ley, que nació como un DNU de la gestión de Mauricio Macri y luego se votó en la Legislatura de Mendoza, indica que ”la finalidad de esta herramienta es extinguir por vía de una acción civil el derecho sobre los bienes que hayan sido mal habidos por efecto de actos de corrupción o crimen organizado, a fin de recuperarlos en beneficio del conjunto de la sociedad”.

De hecho, la Legislatura Provincial resolvió que, “en el caso de que el remate de los bienes resultare manifiestamente antieconómico o cuando la primera subasta fijada fracasare por falta de oferentes o por algún otro motivo no imputable al Tribunal, el juez podrá, mediante resolución fundada, disponer la entrega directa de los bienes a la Dirección General de Escuelas quien, en el plazo de noventa (90) días hábiles, deberá informar al Tribunal el destino final de cada uno de los bienes referidos”.

Y argumentó Gallardo: “En nuestra Provincia, se entendió - con buen criterio a mi entender- que el mejor beneficio que podría darse a la sociedad era destinar el producido de esos bienes a la educación pública”.

En base a ello, los representantes del Ministerio Público, Asesoría de Gobierno, Dirección General de Escuelas y Fiscalía de Estado solicitaron “justamente la adjudicación directa a la DGE, asumiendo esta ultima a su cargo los gastos y costos procesales”.

A raíz de los considerandos del fallo, la jueza Gallardo resolvió “la adjudicación por extinción de dominio a la DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS de la Provincia de Mendoza de los siguientes bienes: 1) Inmueble 100% de titularidad del demandado Luis Alberto Lobos, inscripto en el Asiento A-2 de la matrícula 181518/4, ubicado en Barrio Alto Portal del Sauce, Distrito El Sauce, Dpto. Guaymallén, Mendoza, pasillo comunero con salida a calle Tirasso 4357; 2) Pasillo comunero de indivisión forzosa, 5% de titularidad del demandado Luis Alberto Lobos, inscripto en el Asiento A-27 de la matrícula 167166/4, departamento Guaymallén, Dto. El Sauce, c/Tirasso 4357″.

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