El trámite para realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) tendrá nuevos valores, con subas que estarán en el orden del 30%, según el tipo de vehículo.
Según la resolución número 3 de la Dirección de Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, que apareció publicada este viernes en el Boletín Oficial, los centros de RTO tendrán límites de montos de cobro a los usuarios que serán mayores a los que regían hasta el momento, con topes que no se pueden superar.
Particularmente, el incremento se da en el valor máximo de unidades fiscales (UF) que pueden costar los trámites para realizar la Revisión Técnica Obligatoria en la provincia. Según la ley Impositiva votada por la Legislatura para este 2023, el valor de cada UF es de $54.
Los nuevos precios de la RTO
De esta manera, el artículo 1 de la norma indica que los Centros de Revisión Técnica Obligatoria “no podrán solicitar en concepto de pago a los usuarios, un valor superior a”:
- Para motos hasta 300 cc (57 UF): pasa de $2.940 a $3.725(monto con IVA incluido)
- Para motos de más de 300 cc (105 UF): pasa de $5.292 a $6.870 (monto con IVA incluido)
- Para autos (150 UF): pasa de $7.644 a $9.801 (monto con IVA incluido)
- Para camionetas (169 UF): pasa de $8.494 a $11.042 (monto con IVA incluido)
- Para Camiones (210 UF): pasa de $10.585 a $13.721 (monto con IVA incluido)
El artículo marca que los valores arriba expresados “incluyen las correspondientes obleas, certificados, impuestos y tasas nacionales, provinciales y municipales”.
No obstante, también se establece que es la Ley impositiva vigente la que establece anualmente el valor de la Unidad Fija; por lo que seguramente estos valores se incrementarán a partir del 1 de enero del 2024, en cuanto la Legislatura apruebe las leyes de Presupuesto, Avalúo e Impositiva, que actualmente se están estudiando en comisiones.
En tanto, el último incremento se dio en en julio pasado, también por un porcentaje promedio del 30% de suba.
CUÁNTO CUESTA UNA MULTA POR TENER LA RTO VENCIDA
El hecho de no tener la RTO o tenerla vencida, se considera una falta leve según la legislación local, y su valor asciende a las 100 UF.
De esta manera, la multa por no tener la RTO en condiciones es de $5.400, mientras que, si uno la abona antes de los tres días hábiles a la fecha de realizada el acta vial, será bonificada y costará $3.240 por pago pronto.
CUÁNDO SE TIENE QUE REALIZAR LA RTO
Motos: a partir del primer año de antigüedad.
Vehículos de uso particular: a partir de los 3 años desde la fecha de patentamiento original.
Cada cuánto se renueva la RTO
Motos: todos los años.
Vehículos (autos) de uso particular:
- Desde los 3 hasta los 7 años de antigüedad: cada 2 años.
- Más de 7 años de antigüedad, sin límite: todos los años.
DÓNDE SE REALIZA LA RTO
La revisión se realiza en el taller habilitado correspondiente a la jurisdicción donde se encuentra radicado tu automóvil.
QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBÉS PRESENTAR PARA HACER LA RTO
- DNI.
- Licencia de conducir acorde con el vehículo.
- Constancia de cobertura de seguro.
- Para vehículos con GNC, tenés que presentar habilitación del equipo de gas.
El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando Cédula Verde o Cédula Azul y Documento Nacional de Identidad.