Lobos ahora acude a la Suprema Corte para evitar que le quiten sus propiedades

Tras el fallo en segunda instancia en su contra, en el que se considera constitucional la “extinción de dominio”, su defensa prepara un recurso de casación que planteará ante el máximo tribunal de Justicia local.

Lobos ahora acude a la Suprema Corte para evitar que le quiten sus propiedades
Luis Lobos ex intendente de Guaymallen y su esposa Claudia Sgró durante el juicio en el que fueron condenados por administración fraudulenta.

Luis Lobos, ex concejal a cargo de la intendencia de Guaymallén, volverá a la carga en la Justicia para intentar revertir el fallo en segunda instancia con el que se ratificó la extinción de dominio contra él y su esposa, Claudia Sgró, y en consecuencia, evitar que los despojen de tres inmuebles. La defensa de la pareja está actualmente trabajando en una nueva apelación que tendrá en este caso como destino la Suprema Corte de Justicia.

Según informó a Los Andes Fernando Lúquez, abogado del ex intendente peronista, se está finalizando un recurso de casación que se planteará antes del 11 de agosto ante el máximo tribunal de Justicia local, tras el fallo adverso de la Cámara Segunda de Apelaciones (conformada por Gladys Marsala, Silvina Furlotti y María Teresa Carabajal ) con la que se hizo lugar a la extinción de dominio el 6 de julio.

Anteriormente había sido la jueza María Paz Gallardo quien, el 5 de febrero pasado, declaró extinguido el dominio de los tres inmuebles, aunque no lo hizo con los vehículos de la pareja.

Las viviendas en cuestión son dos ubicadas en la calle Tirasso 4357 a nombre de Lobos (que son los lotes donde construyó su casa), y también un departamento en Villa Nueva que adquirió Sgró en 2011. Hay que dejar en claro que hasta que no esté el fallo firme, seguirán en posesión de sus bienes.

Respecto a este recurso de casación, recaerá en la Sala 1 (civil), integrada por Teresa Day, Julio Gómez y Pedro Llorente. No obstante, desde ya aseguraron que más allá del fallo que pueda tener la Corte, “seguramente no será la última instancia” y ya se piensa incluso en intentar interponer otro recurso (sea la defensa de Lobos o la Fiscalía que investiga) en la Corte Suprema de la Nación.

Según Lúquez, tanto la sentencia en primera instancia como también en segunda instancia se dieron “argumentos idénticos”, y expresó que “se está tratando de salvar lo insalvable, porque lo cierto es que la ley votada de extinción de dominio es completamente inconstitucional”.

Para el letrado, la Justicia “está forzando fundamentos porque intentan mantener la constitucionalidad de una ley con argumentos groseros. Intentan avalar y legitimar algo que no lo es. Vamos a agotar todas las instancias si persisten estos fallos en contra”, aseguró.

El laberinto judicial de la pareja de Guaymallén tiene varios frentes. Recordemos igualmente que la Sala 2 de la Corte local, compuesta por Omar Palermo, Mario Adaro y José Valerio, también tiene otra apelación por parte de Lobos y Sgró, que es la condena por administración fraudulenta por 4 años y medio de prisión de prisión e inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos para Lobos; y que fue de 3 años y 4 meses de prisión para Sgró.

Por otro lado, Lobos y Sgró están imputados en lo que sería la “causa emblema”, de enriquecimiento ilícito mientras se desempeñaron en la municipalidad de Guaymallén, con una fecha del juicio que todavía no se decide. De aquí precisamente se desprendió la causa civil de extinción de dominio.

La Fiscalía sostiene que Lobos no ha podido justificar un enriquecimiento patrimonial de $ 3.923.099; y Sgró por $ 1.018.837 (los montos corresponden a la época en que se iniciaron las causas y no están actualizados).

Finalmente, hay otra causa más por administración fraudulenta, conocida como “causa Wanka”, en relación al nombre de la empresa a la que se alquiló una planta de asfalto y maquinaria. Aquí está imputado Lobos pero no su esposa. Además hay un ex funcionario de Lobos, Federico Sampieri, también como acusado; y un empresario de Wanka, Rodolfo Núñez.

Argumentos

Tal como se informó en la edición del 6 de julio, los abogados de Lobos y Sgró habían fundamentado su apelación del proceso de Extinción de dominio por varios motivos.

Algunos de ellos eran por ejemplo que la sentencia recaída en la causa era “totalmente arbitraria” y que el DNU de Extinción de Dominio (de la época de Mauricio Macri) era “inconstitucional” por violar el artículo 99 de la Constitución; que el fallo “desconocía” el juez natural que correspondía “ya que la causa que motivó el proceso tramitaba en sede penal con anterioridad a la causa de extinción de dominio”; que se estaba legislando en materia penal y no civil; y que ese fallo también “viola la presunción de inocencia”, teniendo en cuenta que el proceso penal se inició “con una presunción de culpabilidad contra el imputado, debiendo éste acreditar la licitud de los fondos por los que adquiere el bien incorporado a su patrimonio”; entre otros.

En este sentido, de esta gran cantidad de argumentos que presentó la defensa de la pareja, la Cámara Segunda de Apelaciones destacó que “ninguna de esas críticas puede admitirse”, y refutaron uno por uno todos los planteos realizados, desde la inconstitucionalidad de los DNU y la ley provincial que regula la Extinción de Dominio, hasta apuntar contra la jueza Gallardo y su supuesto fallo en términos penales y no civiles.

De hecho, en uno de los pasajes del fallo, la Cámara destacó que “la resolución, contrariamente a lo expuesto por la parte apelante, sostuvo que la materia que regulaba no era de carácter penal sino civil pues recaía sobre los bienes y no sobre las personas”; y que la Jueza “efectuó un análisis meduloso de todos los cuestionamientos expuestos por los demandados y concluyó que no existía la mentada inconstitucionalidad”. Ahora será el turno de resolver de la Suprema Corte, una vez tenga su planteo de apelación en sus manos.

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