La Inspección General de Seguridad (IGS) estableció que todos los policías y penitenciarios de la provincia deberán entregar declaraciones juradas de sus patrimonios.
La decisión se tomó mediante la resolución 344, que salió publicada hoy en el Boletín Oficial y dispone “que la totalidad del personal policial y penitenciario, sin distinción de jerarquías ni escalafón, deberán presentar declaración jurada patrimonial de sus modificaciones patrimoniales al día 31/12/20″. En tanto, tendrán tiempo hasta el 30 de junio para presentar la documentación.
Por otro lado, el artículo 2 marca que el personal policial o penitenciario que se encuentre con beneficios previsionales y posteriormente haya sido dispuesta su convocatoria por el Poder Ejecutivo “deberá en los mismo términos presentar declaración jurada de bienes conforme los plazos señalados de la presente normativa”.
La recepción de las declaraciones juradas se efectuará sólo electrónicamente en la página web de la Inspección General de Seguridad, y dicha carga “deberá ser realizada por la red WAN de Gobierno”.
Entre los fundamentos que llevaron a tomar esta decisión, desde la IGS entendieron que “dentro de las facultades de este Organismo de Control es realizar controles en la evolución del patrimonio del personal policial y penitenciario mediante la recepción y análisis de las declaraciones juradas patrimoniales”.
El decreto
EL DIRECTORIO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD EN USO DE SUS FACULTAD RESUELVE:
ARTICULO 1°: Modifíquese la Resolución 1200/17, disponiendo que la TOTALIDAD DEL PERSONAL POLICIAL Y PENITENCIARIO sin distinción de jerarquías ni escalafón deberán presentar declaración jurada patrimonial de sus modificaciones patrimoniales al día 31/12/20.
ARTICULO 2°: El personal policial y/o penitenciario que se encuentre con beneficios previsionales y posteriormente haya sido dispuesta su convocatoria por el Poder Ejecutivo deberá en los mismo términos presentar declaración jurada de bienes conforme los plazos señalados en el artículo 1° de la presente normativa.
ARTICULO 3°: La recepción de las declaraciones juradas se efectuará sólo electrónicamente en la página web de la Inspección General de Seguridad https://www.mendoza.gov.ar/igs/, a tal efecto hágase saber al personal policial y penitenciario obligado que la carga deberá ser realizada por la red WAN de Gobierno.
ARTICULO 4°: Fíjese fecha límite de la presentación de declaración jurada patrimonial el día 30/06/21 a las 23:59 hs. momento a partir del cual el Centro de Cómputos y la Subdirección de Administración elaborará el listado de incumplidores a la presente para conocimiento y resolución de este cuerpo colegiado.
ARTICULO 5°: Apruébese el ANEXO con su Instructivo de la presente Resolución que es parte integrante de la misma.
ARTICULO 6°: Notifíquese. Publíquese. ARCHIVESE.