A pesar de que el fallo de la Corte Suprema de Justicia avaló la continuidad de las clases presenciales, el Gobierno nacional insiste con su suspensión en las regiones consideradas en “alarma epidemiológica y sanitaria”. El ministro de Educación de la Nación, Nicolás Trotta, advirtió que las provincias deben acatar la última decisión del Consejo Federal de Educación (CFE) y que Mendoza y la Ciudad de Buenos Aires están obligadas a cumplir con la resolución. Sin embargo, desde el Gobierno provincial afirmaron que en las escuelas mendocinas todo seguirá sin cambios.
El organismo integrado por los ministros de Educación de las 24 jurisdicciones se reunió el último martes y votó por “suspender la asistencia a clases presenciales” en el caso de los aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, siguiendo lo establecido por el DNU N° 287/21. La determinación fue respaldada por 22 provincias y los únicos que votaron en contra fueron el director general de Escuelas de Mendoza, José Thomas, y la ministra de Educación de CABA, Soledad Acuña.
En este sentido, el ministro Nicolás Trotta afirmó este miércoles que la resolución del CFE “es de cumplimiento obligatorio”. “Es lo que ha sido la regla a lo largo de todo el 2020 y es lo que marca la Ley de Educación Nacional. Cuando una resolución es aprobada por la mayoría especial implica una norma para todo el sistema educativo”, manifestó en diálogo con Los Andes.
Explicó que no se trata de una imposición del Estado nacional, sino de una disposición que refleja la voluntad del sistema educativo de priorizar la presencialidad, pero suspenderla temporalmente en las zonas consideradas en alarma epidemiológica por el último DNU presidencial.
El funcionario nacional hizo hincapié en que en el caso de que Mendoza y CABA no cumplan con lo resuelto “estarían avasallando las instituciones del campo educativo y el consenso federal alcanzado. Tendrían que explicar los gobiernos por qué tienen una posición selectiva para el cumplimiento de las normas”.
En este sentido, remarcó que durante todo el 2020 las provincias cumplieron las disposiciones del Consejo Federal, e incluso puso como ejemplo que los protocolos que están vigentes en las escuelas mendocinas son imposición de este organismo y la provincia los respeta.
“Es una cuestión de cumplir o no cumplir la Ley. Por la tradición que tiene la provincia de Mendoza, que es un ejemplo en el respeto a las instituciones, esperemos que el gobernador Suarez, a partir de esta decisión, que no es un DNU, que no es una decisión del Estado nacional sino de todo el sistema educativo, aplique la resolución del Consejo Federal como lo ha hecho a lo largo de todo el 2020”, expresó Trotta.
Por otra parte, ante la consulta de este diario, desde el Gobierno de Mendoza aseguraron que “vamos a seguir igual” y resaltaron que el último sábado el gobernador Suarez fue contundente respecto al planteo de la provincia.
“El fallo de ayer (por el martes) avala nuestra posición” indicaron allegados al mandatario y señalaron que “no hay una herramienta legal para obligar” a cumplir con la resolución del CFE, a la vez que consideraron que “no puede estar por encima de un fallo de la Corte Suprema”.
De hecho, el ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Víctor Ibáñez, había manifestado el martes que “la Corte respalda la forma en la que se ha gestionado la pandemia en Mendoza”.
Asimismo, en la Casa de Gobierno entienden que la convocatoria al Consejo fue una suerte de “plan B” de la Nación para insistir con la suspensión de la presencialidad tras el fallo adverso de la Corte.
De todas maneras, el ministro Trotta subrayó que la disposición del Consejo y la sentencia del máximo tribunal de justicia van por caminos distintos. En este sentido, destacó que el ministro Ricardo Lorenzetti en sus fundamentos reafirma el rol del organismo conformado por los ministros de educación de todas las jurisdicciones.
Puntualmente el funcionario hace referencia al pasaje del fallo redactado por Lorenzetti que dice que la Ley de Educación N° 26.206 “establece que la autoridad que regula la concertación es el Consejo Federal de Educación” y que “el Estado Nacional establece las bases generales y debe respetar las decisiones locales (…) y en caso de desacuerdo hay una guía relevante en las pautas que fija el Consejo Federal de Educación para articular las medidas en función de los objetivos”.