La Municipalidad de la Ciudad de Mendoza implementará una tasa adicional a aquellos inmuebles ociosos que son focos de inseguridad. Casas usurpadas, locales vacíos, entre otros, están bajo la lupa del intendente Ulpiano Suárez.
El jefe comunal quiere modificar el Código Tributario para adicionar una tasa a la que ya se paga por cada inmueble. Será abonada en los casos declarados en “estado ocioso” y para que esto ocurra, hay varios filtros previos. La propuesta surgió de las reuniones con vecinos en los foros de participación impulsados para enfrentar la inseguridad.
De acuerdo a los datos proporcionados por la comuna, hay 1.384 propiedades abandonadas y 1.064 baldíos, los cuales quedaron bajo la lupa municipal en medio del envío del proyecto de ordenanza que llegó al Honorable Concejo Deliberante.
Hay que decir que ya se aplican sobre tasas a inmuebles baldíos y en estado ruinoso, estableciendo para los mismos que, además de la correspondiente tasa por servicios municipales, tributen una tasa por inspección y control de seguridad e higiene determinada anualmente por la Ordenanza Tarifaria.
“Esta tasa, denominada también, sobretasa por inmuebles baldíos o ruinosos se implementó teniendo en cuenta los problemas que generaban a la comunidad, tanto de seguridad como de salubridad, higiene y limpieza, estableciendo la posibilidad de exceptuar a los propietarios de su pago, bajo el cumplimiento de determinados requisitos”, dice uno de los considerandos de la norma.
Es que el municipio entiende que en diversas zonas de la ciudad, estos inmuebles cuyo estado de desocupación se sostiene en el tiempo, provoca alteraciones en la seguridad, higiene, limpieza y salubridad del lugar, entre otros aspectos.
De allí surge entonces ampliar el alcance de la regulación actual. “Los inmuebles que encontrándose disponibles para ser habitados como vivienda o utilizados como locales comerciales, estén en condiciones de improductividad, sin uso adecuado a su destino o deshabitados de modo permanente por el término mínimo de cuatro (4) meses, atento las alteraciones que provocan en el entorno urbano, especialmente en la seguridad de la zona”.
Cómo es el procedimiento
El proyecto busca incorporar el artículo 145 bis al Código Tributario. Allí queda claro que “la constatación de un inmueble como ocioso será efectuada mediante censo que se realizará por personal municipal en cada zona, denuncia de vecinos verificada por personal municipal, inspección o cualquier otro medio fehaciente que determine la autoridad de aplicación”.
“Esta ordenanza es una decisión tomada sobre la base de lo que vemos en la calle, de la escucha a los vecinos, de la información que aportan y en muchos casos, de manera preventiva. Esto se ha dado en el marco del programa de participación vecinal para la prevención, nuestro foro vecinal de seguridad por llamarlo de alguna manera”, expresó Ulpiano Suárez a Los Andes.
De estas reuniones surgieron datos puntuales de inmuebles que ofician de “aguantaderos”. Vecinos y vecinas advierten que hay viviendas desocupadas durante algún tiempo y que en algunos casos son ocupadas ilegalmente o que son utilizadas por personas que cometen hechos delictivos. En síntesis: usan las propiedades para resguardarse ellos o los objetos que sustraen.
El objetivo de estos encuentros es conocer, de primera mano, datos que permitan hacer prevención del delito. Así, en la comuna manifiestan que quienes mejor conocen el territorio son quienes habitan allí, por ese motivo, buscan con los foros aumentar la participación vecinal.
Todo empieza por relevamiento y notificaciones. Previo a la imposición de la sobretasa que se determinará mediante censo que se realizará en cada zona, denuncia de vecinos a través de Ojos en Alerta, 147 o cualquier canal de comunicación municipal o inspección, el Municipio notificará al titular registral quien podrá presentar descargo en caso de encontrarse incurso en las causales de excepción establecidas.
Habrá un plazo de quince (15) días hábiles para que cada propietario haga su descargo. No será aplicable la sobretasa cuando los inmuebles se encuentren sometidos a refacciones o mejoras por el plazo en que duren éstas, hasta un máximo de seis (6) meses.
Tampoco se pagará tasa en los casos en los que esas propiedades se encuentren ofrecidas en alquiler o venta, lo que deberá acreditar el titular registral, hasta un máximo de seis (6) meses. Y están contemplados otros casos de desocupación basados en fuerza mayor que estén debidamente justificados, que a criterio de la autoridad de aplicación deban ser contemplados.
“Las eximiciones se otorgarán a petición de parte, previa presentación de prueba correspondiente sobre la configuración de las causales dispuestas ut supra y resolución fundada de la autoridad de aplicación”, dice el proyecto.
En los casos de las propiedades privadas que estén usurpadas, la situación es más compleja. “Nosotros no podemos hacer nada, el propietario tiene que hacer la denuncia, es un conflicto entre privados. Sí podemos intervenir en la custodia del interés público cuando hay riesgo en cuanto a salud, seguridad pública, higiene, por esas cuestiones”, explicaron desde la comuna.
Cuánto pagarán
En la capital mendocina, los valores de las tasas varían en función de la zona en la que estén. Según datos enviados a este medio, está claro que las edificaciones pagan menos que los baldíos.
“Eso va a suceder con aquellos inmuebles que nosotros determinemos que están injustificadamente desocupados por más de tanto tiempo o locales comerciales desocupados”, comentaron. Sin embargo, no hay un monto aproximado de cuánto podría recaudarse.
Así, los inmuebles ociosos que se ubiquen la Primera Sección pagarán $15.000 en caso de estar edificado o $55.000 en caso de ser terreno baldío.
Si se trata de la Segunda Sección, los montos son $5.000 (edificado) y $35.000 (baldío), mientras que para las parcelas registradas en la Tercera Sección, se estipula que se abonen $6.500 y $45.000 respectivamente. Y para la Cuarta Sección, los inmuebles edificados pagarán $5.000 y los baldíos $35.000
Para la Quinta Sección, los montos determinados son $6.500 en los casos de edificaciones y $32.000 para los baldíos. Y finalmente las parcelas en la Sexta Sección pagarán $4.000 y $24.000 en el caso de los baldíos.
Todo peso vale oro y por ese motivo, en el municipio que administra Ulpiano Suárez afinaron el lápiz para identificar cuántos morosos hay y cuánto es el monto que deben. “Hay propietarios de baldíos que no pagan, que tienen deuda porque no pagan las tasas. Vamos a avanzar con la vía de apremios para el cobro de esas deudas y si no pagan, eso sí pasa a subasta”, remarcaron.
Los fondos recaudados mediante esta normativa se destinarán a incrementar los recursos destinados a la seguridad y otras áreas relevantes. El espíritu es contribuir a mejorar la calidad de vida de los vecinos y el entorno urbano en general, dicen en la comuna.