Fiscalía de Estado emitió su dictamen respecto a la polémica sobre el salario de los equiparados a magistrados en la Justicia local, y consideró que la ley votada en la Legislatura, que reordenó los sueldos de una veintena de personas, “no afecta restrictivamente la remuneración o salarios habidos” y que “no implica una merma sustancial de los haberes que impidan la digna susbistencia”.
De esta manera, Alicia Lopez Revol, subdirectora de Asuntos Judiciales de Fiscalía de Estado, rechazó los planteos realizados por los más de 20 equiparados a quienes se les vería afectados sus salarios, con una baja significativa, teniendo en cuenta que los magistrados (jueces, fiscales y defensores oficiales) son quienes cobran más en la escala judicial, y además la mayoría tiene salarios significativamente mayores a los del Gobernador.
Hay que tener en cuenta que mientras se decida este proceso, que lo tiene la Suprema Corte de Justicia, los equiparados seguirán cobrando su salario como jueces, gracias a una cautelar que aceptó la Sala II.
Según la Subdirectora, la ley 9.230 “no afecta retroactivamente la remuneración o salarios habidos, fija un nuevo régimen salarial que no resulta irrazonable ni confiscatorio, y no implica una merma sustancial de los haberes que impidan la digna subsistencia. No se cuestiona la idoneidad, ni la designación, ni las funciones que cumplen; ni extingue o suprime los puestos de trabajo o el cargo funcional. Tampoco la norma es violatoria de derechos y garantías constitucionales, habiendo sido dictada por el órgano competente para regular el régimen salarial de la administración de la Provincia”.
Además destacó que, a su entender, “no existen derechos adquiridos a la invariabilidad de las normas, y tampoco al mantenimiento de una doctrina administrativa sentada en marcos normativos interpretados erróneamente”.
El fuerte dictamen de Fiscalía de Estado responde, de esta manera, a los pedidos presentados por equiparados a magistrados ante la justicia para no tener descuentos en sus haberes.
Por otro lado, Fiscalía se hizo reserva del caso federal, con la posibilidad de articular un recurso extraordinario federal “puesto que se hallaría en discusión el régimen republicano de gobierno que asegura a las Provincias el goce de sus instituciones propias, pretendiéndose en el caso desconocer la competencia constitucional de la Honorable Legislatura de Mendoza”.
Hay que tener en cuenta que este proceso surgió cuando el gobernador, Rodolfo Suárez, presentó un proyecto de ley para terminar con las “asimetrías” que produjeron que trabajadores que no son magistrados, cobren como tal. Como ejemplo, dio el caso de la secretaria privada del ex juez de la Corte Jorge Nanclares, Elizabeth Carbajal, percibía un salario (a marzo del 2020) de $406.000 por mes.
“Existe un principio rector de equidad, legalidad, legitimidad y justicia que nadie puede cobrar un sueldo por un trabajo que no tiene relación con lo percibido, lo contrario constituye un ardid y perjuicio al estado”, marcó el Gobernador antes de enviar el proyecto a la Legislatura, que luego se transformaría en ley.
Entre los argumentos, Lopez Revol consideró que “fijar y seguir una política de gobierno, tendiente a cumplir y obtener los fines del Estado es algo privativamente específico del Poder Ejecutivo de la Provincia, con facultad de elaborar un proyecto de ley que elimine desigualdades”.
En este sentido, expresó que entre las acciones que corresponden al Poder Ejecutivo y Legislativo y que “no son revisables jurídicamente”, está la “fijación de una política salarial, acorde con los hechos y la realidad económica y social imperante en los momentos en que se dicta la norma”.
Y agregó que la Legislatura “estableció un nuevo régimen salarial para el personal del Poder Judicial no magistrado, eliminando una equiparación a todos aquellos funcionarios que no cumplen funciones jurisdiccionales, en varios casos ni siquiera son abogados, y cuya equiparación tampoco fuera prevista por ley formal alguna, surgiendo únicamente de los actos de designación”.