Por un fallo de la Corte en contra de Dalvian, el Estado provincial podría recuperar un monto millonario

Se rechazó un planteo de nulidad de la empresa, que considera que la presentación de Fiscalía de Estado en la cual se pagaron excesivos montos por expropiaciones, se encontraba fuera de plazos.

Por un fallo de la Corte en contra de Dalvian, el Estado provincial podría recuperar un monto millonario
Barrio Dalvian.

La Suprema Corte de Justicia rechazó este lunes un planteo de nulidad que realizó la empresa Dalvian SA, junto a Daniel Vila y Alfredo Vila, por la expropiación de los terrenos de Divisadero Largo, y se vuelve a encaminar un largo proceso en la Justicia para que el Estado provincial pueda recuperar una suma abultada que se le pagó a la empresa, luego de un polémico accionar teñido de irregularidades del exfiscal de Estado, Joaquín de Rosas, a favor de Dalvian, que le valió incluso su destitución en abril del 2014.

El fallo fue firmado por los ministros Dalmiro Garay y Teresa Day; más el conjuez Claudio Alejandro Ferrer, quienes negaron el planteo de nulidad a Dalvian sobre una acción presentada por Fiscalía de Estado, organismo que pretende junto a Asesoría de Gobierno que se anule el juicio en el que fue “sensiblemente perjudicada” la Provincia con el pago excesivo de terrenos a la empresa y que tiene sentencia firme.

Dalvian, de igual forma, podría intentar torcer esta decisión en la Corte Nacional, con la presentación de un recurso extraordinario federal. No obstante, si dicho planteo no lo aceptara la Corte local, quedaría todavía un recurso en queja directamente en el máximo tribunal de justicia nacional.

El recordado caso de la expropiación de terrenos de Divisadero Largo, se enmarca en un procedimiento en el cual el Estado debió abonar valores “altísimos”, según advirtió Fiscalía de Estado, a Dalvian SA; mientras que otras familias expropiadas cobraron sumas sensiblemente menores.

Estos casos de expropiaciones fueron todos a la Justicia. Donde estuvo el problema y perjuicio para Mendoza fue que, en aquel momento, Fiscalía de Estado apeló a todas las sentencias en primera instancia por las cuales se abonaban entre $13 y $17 por metro cuadrado; que fue considerado excesivo por fallos de segunda instancia e incluso de la Corte, pero curiosamente no apeló la sentencia a favor de Dalvian SA, que recibió una cifra casi 9 veces más alta que otros casos similares.

De esta manera, los propietarios expropiados que terminaron en la Suprema Corte, recibieron valores de entre $2 y $4 por metro cuadrado en aquellos terrenos de Divisadero Largo. Lo que terminó con la destitución de De Rosas fue que, el exfiscal no accionó judicialmente contra Dalvian y Vila, lo que le valió un perjuicio para un Estado Provincial que pagó más de lo que debía por esos terrenos.

Novedades y pelea por la nulidad de la sentencia

La novedad fue que la Provincia recibió una buena noticia de la Suprema Corte, que entendió que puede abrirse un proceso para ser considerado nulo un fallo que tiene sentencia firme, que es el de Dalvian SA.

Fue el actual fiscal de Estado, Fernando Simón, quien presentó en 2016 una “acción autónoma de nulidad por sentencia írrita”. Este mecanismo judicial se utiliza en casos excepcionales cuando hay fallos con sentencia firme, pero que de igual forma hay evidencias o se entiende que ocurrió una “injusticia grosera”, en este caso para el Estado de Mendoza.

De hecho, peticionaron en su momento que se condene a Dalvian a restituir la suma de $2,9 millones y a Daniel Eduardo Vila y Alfredo Luis Vila Santander en forma solidaria la suma de $111.129, “más intereses legales que correspondan desde la fecha de los depósitos con que la Provincia diera cumplimiento a las sentencias atacadas”. Este número sería millonario, en caso que se resuelva a favor de Fiscalía de Estado a futuro.

En parte de la defensa de los intereses de Mendoza, Fiscalía de Estado sostuvo que “ese monto que se condena a pagar al Estado Provincial le ha ocasionado un serio perjuicio al erario público, dándole a Dalvian SA y Daniel Vila y Alfredo Vila un trato desigual e injustificado con relación al resto de los propietarios alcanzados por la misma expropiación, lo que genera un enriquecimiento sin causa”.

También agregaron que la propia Suprema Corte de Justicia en los autos “Alberto Tohme SA” “requirió al Tribunal de Tasación que realizara una nueva tasación actualizada del inmueble expropiado, surgiendo la exorbitancia del precio determinado para los casos ‘Dalvian’ y ‘Vila Daniel y ots.’”.

Y en ese sentido, agregaron que la jueza que resolvió dicho monto “exorbitante” a favor del Grupo Vila “fue inducida a error, incorporando las partes a la causa, elementos de convicción que la llevaron -cometiendo errores sustanciales gravísimos- al convencimiento de que el precio acordado era el justo”.

Al margen de lo mencionado, lo que resolvió la Suprema Corte puntualmente es que rechazó un planteo de nulidad de Dalvian SA, que sostenía que el plazo para presentar esa acción de nulidad por sentencia írrita de Fiscalía de Estado había prescripto.

Desde Dalvian habían presentado una excepción de previo y especial pronunciamiento antes de comenzar el juicio. Esta acción de Dalvian ya fue rechazada por el Segundo Tribunal de Gestión Asociada en lo Civil; luego por la Tercera Cámara de Apelaciones en lo Civil, conformada por Gustavo Colotto, Claudia Ambrosini y Sebastián Márquez Lamená; y esta semana tuvo el revés de la Corte.

Desde la Corte aclararon, en el fallo, que la decisión que se tomó en la causa “de ningún modo implica adelantar opinión en torno a si se configura o no la nulidad de la sentencia que fija el precio de la expropiación de los terrenos de Divisadero Largo”, y advirtieron que simplemente se estableció si resultaba o no arbitraria “la decisión de las instancias de grado en cuanto consideran que la acción interpuesta por Fiscalía de Estado y la Provincia de Mendoza no se encuentra prescripta”.

De esta forma, lo que seguirá, en caso que Dalvian y Vila no accionen ante la Corte Nacional, será el proceso en el cual se determinará si se declara o no nula la sentencia que fijó este abultado monto que se pagó a la empresa por parte del Estado Provincial.

Optimismo de Fiscalía de Estado

Hay algunas acciones que permiten pensar a Fiscalía de Estado que podrían torcer dicho fallo con el que se pagaron abultadas sumas a Dalvian SA. El más fuerte es que el Jury de Enjuiciamiento, conformado por los ministros de la Suprema Corte, más legisladores, fue quien destituyó a De Rosas el 28 de abril del 2014 por mal desempeño de sus funciones particularmente por esta causa, en la que asumieron que benefició al Grupo Vila.

Allí votaron por la destitución 16 de los 18 miembros del Jury.

A favor estuvieron los jueces de la Corte Mario Adaro, Omar Palermo y Herman Salvini; más camaristas como Gladys Marsala, Silvina Furlotti y Marina Isuani; los legisladores de la UCR, Juan Carlos Jaliff, Sergio Moralejo, Nestor Parés, Nestor Guizzardi y Hector Quevedo; del peronismo Fernando Simón (actual Fiscal de Estado), Luis Francisco, Néstor Márquez y Andrés Da Rold; y por el PD, Aldo Vinci.

En tanto, en contra sólo votaron los peronistas Ricardo Pettignano (actual vocal del Tribunal de Cuentas) y Mónica Zalazar.

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