El proyecto de ley por el cual el Gobierno nacional busca “blindar” las decisiones que pueda tomar el presidente, Alberto Fernández, en la gestión de la pandemia, con el establecimiento de “parámetros epidemiológicos y sanitarios” para que las provincias y el Estado nacional adopten medidas para mitigar la propagación del coronavirus, ya comenzó a generar chispazos entre los legisladores mendocinos.
Hablamos del radical Luis Petri; y José Luis Ramón, líder del interbloque Unidad Federal para el Desarrollo. A sabiendas que el frente Juntos por el Cambio adelantó su voto negativo al proyecto, Petri envió un mensaje directo al referente de Protectora, al indicar que esta iniciativa “supone un brutal avance sobre el federalismo, desconociendo el fallo de la Corte”.
“Quienes voten a favor después no digan que luchan por el federalismo o que van al Congreso a defender a sus provincias porque las están entregando con moño con esta ley”, agregó, y le dirigió el mensaje a Ramón en medio de una chicana, o modo de advertencia.
Por su parte, Ramón, cuyo interbloque es vital para que el oficialismo consiga los votos, no se quedó callado y le contestó a Petri, al expresar que “si la intención de su frente estuviera puesta en la protección de la ciudadanía tendrían la vocación de leer los proyectos primero y negarse después. Pero como se manejan por capricho, primero niegan y después ven qué hacen”.
El Diputado también se encargó de criticar al gobernador, Rodolfo Suárez, a quien acusó de tener un “doble discurso que se ve a la legua”.
“Suárez se lava las manos y le tira el fardo a Nación, pero ahora sus legisladores nacionales van en contra de que Nación se haga cargo. Primero debatamos el proyecto, unifiquemos los criterios sanitarios y pongámosle un tope de tiempo”, marcó.
Ante esto, Petri defendió a Suárez, al sostener que “ha sido un ejemplo en el manejo de la pandemia, buscando equilibrar razonablemente salud, economía y educación, algo que no ocurrió a nivel gobierno nacional”, y declaró que el proyecto “confirma nuestras sospechas, es una delegación de facultades que viola la Constitución y atropella las autonomías provinciales. La Corte se pronunció sin dejar dudas y el Gobierno utiliza al Congreso para desafiarla”, en relación a la presencialidad educativa.
Sobre este punto, es necesario tener en cuenta que, en caso de que se apruebe el proyecto en el Congreso, Mendoza perdería su potestad en la decisión de establecer clases presenciales, ya que estaría dentro de “parámetros de Alerta Epidemiológica” con la que la Nación insiste en suspender la presencialidad, y retornar a la virtualidad.
Más allá de estas declaraciones, Ramón adelantó a Clarín que acompañarán en su interbloque con la discusión: “Sería una manera de actuar como un país modelo, que es Alemania. Las medidas no puede resolverlas un juez, las tiene que resolver el jefe de Estado”.
El proyecto
Con respecto a la iniciativa, ya ingresó al Senado para ser tratada en comisión. El Presidente Alberto Fernández anunció el proyecto días atrás, en medio de la fuerte controversia entre la Casa Rosada y el gobierno porteño que conduce Horacio Rodríguez Larreta, por la suspensión de la presencialidad escolar ordenada desde la Nación y sobre la que debió fallar la Corte Suprema de Justicia.
El llamado “proyecto de ley de restricciones sanitarias”, dicen en el Gobierno, “se fundamenta en las facultades que le da la Constitución Nacional y en los compromisos internacionales que asumió nuestro país”, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros.
Según se explicó en fuentes gubernamentales, “el proyecto de ley distribuye las facultades de tomar decisiones entre el Poder Ejecutivo, los gobernadores y el Jefe de Gobierno de la CABA, otorgando una amplitud de intervenciones para la toma de decisiones respecto de la evolución de la pandemia”.
El proyecto fija que “las provincias continuarán ejerciendo las facultades concurrentes de control y fiscalización” y que la facultad del Ejecutivo para ampliar lo dispuesto en la ley está condicionado “a la previa consulta con las autoridades jurisdiccionales, en los lugares de Alto Riesgo Sanitario y Alarma Epidemiológica”.