El ex juez Walter Bento no es el único imputado que enumera una lista de reveses judiciales en busca de ser liberado, en medio del megajuicio que enfrenta acusado como líder de una asociación ilícita que se valía del cobro de coimas a detenidos, a cambio de favores procesales.
Otros protagonistas de la causa también recibieron importantes rechazos por parte de la Cámara de Casación Penal, recientemente. Los abogados Luciano Ortego, Jaime Alba y Francisco “Chato” Álvarez intentaron lograr la excarcelación, mediante planteos en segunda instancia, pero el pasado 31 de julio los camaristas Carlos Alberto Mahiques, Carlos Javier Carbajo y Daniel Antonio Petrone, descartaron como “inadmisibles” cada uno de los recursos.
Ortego y Alba están sindicados como organizadores de la presunta banda que lideraba Bento, mientras que a Álvarez se lo ubica un escalón por debajo de la estructura, como uno de los abogados que “entraban y salían” de las operaciones espurias.
El revés de Ortego
La defensa de Luciano Ortego avanzó con un pedido de “excarcelación por vencimiento de plazo” ante el Tribunal Oral Federal 2 y obtuvo un rechazo contundente por parte de las juezas, por lo que avanzaron en segunda instancia ante la Cámara de Casación Penal.
Es que el pasado 6 de mayo se cumplieron efectivamente 3 años de la prisión preventiva que atraviesa en la cárcel federal de Cacheuta. Sin embargo, el TOF 2 respondió “no hacer lugar al pedido de libertad” a través de una resolución firmada el pasado 15 de mayo, basándose en el riesgo de fuga del detenido y que el juicio está en marcha, por lo que podría concluir en los próximos meses.
Entonces, Ortego y su co-defensor Juan Villegas, presentaron un recurso ante Casación y esgrimieron que “la resolución impugnada compromete severamente el principio de inocencia, de claro raigambre constitucional (artículo 18 de la Constitución Nacional), al avalar la ilegal detención del abogado Luciano Edgardo Ortego, ya por más de tres años”.
En tanto el juez de Casación, Daniel Antonio Petrone, respondió en el fallo que la defensa “no logró demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado” en el rechazo de las juezas, más que “invocar defectos” a partir de una “discrepancia” con ello.
En ese sentido, señaló la gravedad de las imputaciones que recaen contra Ortego, sindicado como organizador de una asociación ilícita con participación activa en siete cohechos de los 15 que forman la causa que se debate oralmente.
El juez indicó que “las circunstancias objetivas y personales del imputado que acreditan el riesgo de fuga y de entorpecimiento procesal y a su vez llevaron a justificar el mantenimiento y prórroga de la medida de coerción - teniéndose en cuenta también que se está a pocos meses de concluir el juicio en el que se está juzgando a Ortego-, ya fueron abordadas y valoradas debidamente” por las juezas.
De esta manera, el juez Petrone indicó que el recurso de casación planteado debe declararse “inadmisible” y los magistrados Carlos Alberto Mahiques y Javier Carbajo votaron en el mismo sentido.
Rechazo para Alba
En el caso del abogado Jaime Alba, otro de los imputados como organizadores de la banda con participación activa en cuatro cohechos, el TOF 2 rechazó un planteo de excarcelación presentado por su defensor, Juan Day, el pasado 4 de junio. A diferencia de Ortego, este acusado cursa una prisión domiciliaria.
A pesar de ese beneficio, su defensor insistió en liberarlo y en el recurso de casación presentado, apuntó contra una “falta de acatamiento de las nuevas normas” de las juezas, en base al nuevo Código Procesal Penal, y manifestó que adoptan criterios “como hace más de cien años, considerando a la prisión preventiva como la regla”.
En ese sentido, Day sostuvo que se observa una “omisión de evaluar el peso que poseen los años de detención que ya ha sufrido” Alba y dijo que resulta “irrazonable pensar en peligro de fuga respecto a alguien que ya ha cumplido tanto tiempo de una eventual condena”.
También dijo que “no se acredita de qué manera podría la libertad del abogado entorpecer” el debate, sobre todo en el transcurso de la etapa patrimonial que involucra solo a los Bento, dado que el resto de los imputados fueron dispensados de asistir a las audiencias.
Al igual que en el caso de Ortego, fue el juez Petrone quién argumentó el rechazo. El magistrado citó las “resoluciones fundadas” que el TOF 2 realizó para prorrogar la detención preventiva de Alba “hasta la finalización del debate oral” y que tal medida fue “morigerada” por ese tribunal a través de un arresto domiciliario concedido desde el 8 de junio de 2023, previo al inicio del juicio oral.
“El Tribunal tomó en consideración la existencia de riesgos procesales relacionados a la pena en expectativa, así como la posibilidad del imputado de obstaculizar la producción de pruebas que se encuentran pendientes y el hecho de que su prisión preventiva fue morigerada en la modalidad de arresto domiciliario, por lo que no correspondía hacer lugar a la solicitud iniciada”, explica el magistrado en el fallo.
“De ese modo, las alegaciones de la parte recurrente expuestas en el recurso en trato traslucen una disconformidad con el análisis efectuado por el tribunal de la anterior instancia sobre la cuestión, sin lograr conmover, a través de los argumentos expuestos, los fundamentos antes señalados. Por todo lo expuesto, no corresponde la intervención de la jurisdicción de esta Cámara y debe declararse inadmisible el recurso de casación interpuesto”, sostuvo.
Chato Álvarez, con domiciliaria en Buenos Aires
El abogado Juan Day también defiende a Luis Francisco “Chato” Álvarez, uno de los letrados imputados como miembro de la asociación ilícita, es decir un escalón por debajo de Ortego y Alba. Se lo acusa de ser coautor de cohecho activo agravado en tres hechos.
Álvarez logró la autorización del TOF 2 para cursar una prisión domiciliaria en Buenos Aires, pero su defensa insistió en excarcelarlo y obtuvo un rechazo de las juezas a ese pedido el pasado 3 de mayo.
Day cuestionó en su recurso de casación que “no se dan las razones” para un supuesto peligro de fuga, argumento que sostuvieron las magistradas. Y señaló que su representado “se encuentra hace meses en un departamento en Buenos Aires sin control de ningún tipo y a pesar de ello no ha salido nunca sin autorización”.
Además, se refirió a los imputados Martín Ríos y Matías Aramayo, también sindicados como miembros, pero que gozan de libertad por haber prestado acuerdos de colaboración con la Fiscalía como arrepentidos (NdR: anticiparon que plantearán la nulidad del acuerdo).
Sin embargo, el juez Petrone citó los argumentos de las juezas que “al resolver el pedido debe tenerse en cuenta también la gravedad de las circunstancias y naturaleza de los hechos por los cuales está siendo sometido a juicio el imputado”.
De forma similar a los rechazos planteados contra Alba y Ortego, el magistrado respondió que “las alegaciones de la parte recurrente expuestas en el recurso en trato traslucen una disconformidad con el análisis efectuado por el tribunal de la anterior instancia sobre la cuestión, sin lograr conmover, a través de los argumentos expuestos, los fundamentos antes señalados”. Por lo cual también se votó la inadmisibilidad del recurso.