La jueza Nacional del Trabajo, Silvia Garzini, dictaminó a favor de una medida cautelar presentada por la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA), suspendiendo así la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei.
La resolución de la jueza Garzini se basa en el argumento presentado por la FUVA, que sostiene que el DNU del presidente Milei eliminó “sin ningún tipo de fundamento” el Estatuto del Viajante contemplado en la ley 14.546.
La jueza cita el fallo previo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que ya había suspendido el capítulo laboral del megadecreto del Gobierno, informó Télam.
En su dictamen, Garzini indica que la ley 14.546 fue establecida “para regular una actividad con modalidades específicas” y que, a lo largo de los años, había sido respetada por las partes involucradas. Asegura que el DNU no proporciona fundamentos para la derogación de esta ley, que regula la actividad del viajante de comercio.
Por otro lado, en la presentación de la FUVA se había señalado que, además de las limitaciones a la organización colectiva de los trabajadores, el DNU incluía la eliminación de plano de una categoría de trabajadores como son los viajantes vendedores.
Además, la jueza resolvió que la medida cautelar suspende preventivamente la aplicabilidad del Título IV -Trabajo- del decreto de necesidad y urgencia No 70/2023, que incluye la derogación de la ley 14.546, hasta que se dicte una sentencia definitiva en el caso.
Esta decisión se suma a otras dos medidas cautelares otorgadas por el tribunal en respuesta a planteos de la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA). Todas están centradas en la suspensión del capítulo laboral del DNU hasta que se realice un análisis profundo de su contenido.