A fines de febrero se pondrá en funcionamiento el Registro Único de personas con antecedentes penales con el que se aplicará la ley de Ficha Limpia para docentes en Mendoza.
La norma fue promulgada y puesta en vigencia con la publicación en el Boletín Oficial el miércoles pasado. Había sido sancionada por la Legislatura provincial en diciembre. Implica la inhabilitación para trabajar a personal de establecimientos educativos que hayan cometido delitos contra la integridad sexual.
El registro, permitirá contar con los antecedentes en un solo lugar.
“Vamos a tener la aplicación ya a partir de fines de febrero, del registro único, que es lo que crea la ley de ficha limpia, va a haber un registro único de aquellas personas que tienen antecedentes penales de determinada tipología de delito que está establecido en la ley”, anunció hoy Tadeo García Zalazar, ministro de Educación, Cultura, Infancias y Dirección General de Escuelas de la provincia.
“No van a poder ser contratadas en el sistema educativo, en ninguno de los ámbitos educativos”, subrayó el funcionario.
En cuanto a los suplentes, concretamente, explicó: “Tiene una vigencia hasta el momento la resolución provisoria, que no se pueden designar suplentes si no tienen certificado de antecedentes, y a partir de febrero ya los directivos van a poder consultar este registro nuevo que es el que marca la ley”.
De qué se trata la ley de ficha limpia
La ley N°9606, conocida como “ficha limpia”, abarca a personal docente, no docente -como los celadores- y administrativo, tanto titulares como suplentes, que presten servicios en cualquier institución educativa de Mendoza. La nueva norma modifica la Ley 4934, que es el Estatuto del Docente. Implica la exoneración e inhabilitación permanente para el ejercicio de la docencia por condena por ciertos delitos, es decir que no podrán trabajar más en el ámbito educativo.
Los delitos establecidos comprenden abuso sexual en cualquiera de sus formas, corrupción de menores, tráfico de material de abuso infantil, explotación sexual, exhibiciones obscenas, privación ilegítima de la libertad con agravantes en casos de víctimas menores, grooming y acoso digital.
La promulgación se hizo efectiva a través del decreto N°2810 del Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y Dirección General de Escuelas (DGE).
En particular, el artículo 4 establece: “Créase en el ámbito de la Dirección General de Escuelas el Registro único de sumarios, sanciones e inhabilitaciones (RUSSI) para docentes y celadores, titulares y suplentes, y personal administrativo”
García Zalazar explicó que lo que se está haciendo ahora es una revisión de todos los docentes que son suplentes. “Se está pidiendo que tengan el informe ya de ficha limpia, sacamos una resolución antes que estuviera la ley, que así lo marcan los directivos, antes de designar a un docente de suplente, tienen que efectivamente pedir los antecedentes y pedir el certificado de salud, que se llama comúnmente psicofísico. Si no cumple con estos antecedentes, no se le renueva la suplencia al docente”