Bajan de 21 a 18 años la edad mínima para uso y tenencia de armas en Argentina

Se modificó un artículo de la Ley 20.429 de Armas y Explosivos para habilitar a los jóvenes una vez alcanzada la mayoría de edad.

Bajan de 21 a 18 años la edad mínima para uso y tenencia de armas en Argentina
Bajan de 21 a 18 años la edad mínima para uso y tenencia de armas en Argentina (Imagen ilustrativa / Web)

La edad para poder ser legítimo usuario de armas en Argentina bajó de 21 a 18 años, según confirmó este martes el Gobierno nacional a través del decreto 1.081/2024 del Boletín Oficial.

Conforme a lo destacado en el escrito, se dispuso la modificación del artículo 55 de la Ley N° 20.429, que establecía que una persona puede ser dueño de un arma a sus 21 años.

“Corresponde modificar el citado artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 aprobada por el mencionado Decreto N° 395/75 y sus modificatorios, a efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los dieciocho (18) años”, destaca el Boletín Oficial.

Dicho artículo establece además que el usuario no debe presentar “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante para la tenencia de armas de fuego”.

Bajan de 21 a 18 años la edad mínima para uso y tenencia de armas en Argentina
Bajan de 21 a 18 años la edad mínima para uso y tenencia de armas en Argentina

Asimismo, se tiene que “acreditar ante la dependencia policial con jurisdicción en el domicilio del interesado, identidad, domicilio real y medios de vida lícitos. Esta emitirá certificación al respecto así como de la no existencia de antecedentes policiales o penales e imprimirá un juego de fichas dactiloscópicas con destino al Registro Nacional de Armas”.

El DNU lleva la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

En este marco, anunciaron que la medida entra en vigencia desde este martes 10 de diciembre, día en el que Milei cumple un año de gestión.

Ley Nacional de Armas y Explosivos (20.429, aprobada en mayo de 1973, establece disposiciones sobre el uso, venta, transporte y registro de armas, municiones, explosivos y productos pirotécnicos.

En mayo de este año, el Gobierno había presentado un proyecto de ley para regularizar la tenencia de armas de fuego y simplificar los trámites correspondientes.

Cómo es el trámite para tenencia de armas de fuego

1. Completar la solicitud electrónica para la credencial de Tenencia de Armas de Fuego. En caso de dudas sobre cómo hacerlo, consultar el manual de solicitudes electrónicas o el instructivo rápido de solicitudes electrónicas.

2. Presentar la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.

3. Retirar la documentación emitida por el ANMaC en la delegación en la que se inició el trámite o pedir que la manden por correo. En este último caso, solicitarlo expresamente y abonar el arancel correspondiente.

Sale $10.000 el trámite de tenencias de armas de uso civil. Para la credencial piden un certificado de aptitud psicofísica, además de la inexistencia de antecedes penales, acreditación de idoneidad en el manejo de armas de fuego y la presentación de medios de vida lícitos.

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