Feriados 2020 y pandemia: ¿qué pasará con el viernes 10 de julio?

Por el Día de la Independencia, el jueves 9 es feriado inamovible. No obstante, el día siguiente tiene fines turísticos. Las diferencias.

Feriados 2020 y pandemia: ¿qué pasará con el viernes 10 de julio?
Ignacio Blanco / Los Andes Foto: Ignacio Blanco / Los Andes Cuarentena nieve nevada frio

A fines de 2019, el Gobierno nacional estableció el calendario de feriados para 2020 con tres feriados puente “con fines turísticos” (23 de marzo, 10 de julio y 7 de diciembre). Lo que nunca se pensó es que una pandemia obligaría a cambiar los planes de los habitantes. Afortunadamente, en Mendoza está autorizado el turismo interno, por lo que este “fin de semana largo” puede ser una buena opción para algunos trabajadores así pueden relajarse y disfrutar.

Este viernes 10 de julio es un feriado puente con “fines turísticos”, debido a que el jueves 9 se conmemora el Día de la Independencia (feriado inamovible). ¿Se trabaja o no?

Para los feriados, los empleados no están obligados a trabajar y, en caso que lo hagan, se les debe abonar el doble que un día normal. En cambio, en el día no laborable, el empleador tiene la decisión de hacer trabajar o no a sus empleados, y el pago es el de un día normal, según lo establece la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo.

Para proteger el empleo y favorecer la actividad económica, el turismo interno se mantiene este fin de semana en toda la provincia, menos en San Rafael, tal como reiteró el lunes la ministra de Turismo y Cultura, Mariana Juri, en conferencia de prensa.

“Seremos de los pocos en el país que vamos a poder disfrutar de este privilegio, siempre y cuando todos cumplamos con las medidas y normas”, resaltó. Vale recordar que debe hacerse reserva previa y respetar los protocolos sanitarios.

Feriados que restan en 2020

Julio

Sábado 25 de julio. Feriado provincial del Patrono Santiago.

Agosto

Martes 11 de agosto. Fiesta del Sacrificio. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según dispone la Ley 23.399.

Lunes 17 de agosto. Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.

Miércoles 19 de agosto. Año Nuevo Islámico. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según dispone la Ley 23.399.

Septiembre

Martes 29 y miércoles 30. Año Nuevo Judío. No laborable sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399.

Octubre

Jueves 1 de octubre. Año Nuevo Judío (Rosh Hashana). No laborable sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399.

Jueves 8 y viernes 9. Día del Perdón (Iom Kipur). No laborable sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399.

Lunes 12 de octubre. Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

Noviembre

Lunes 23 de noviembre. Día de la Soberanía Nacional (20/11, trasladable). Fin de semana largo.

Diciembre

Lunes 7 de diciembre. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana extra largo.

Martes 8 de diciembre. Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible.

Viernes 25 de diciembre. Navidad. Feriado inamovible.

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