Uno de los dilemas de cada verano: ¿es obligatorio circular con una bolsa mortuoria?

Hace más de una década se instaló la idea de que, en algunas provincias, se exige a los conductores que lleven mantas para cubrir cadáveres en caso de una tragedia. Sin embargo, ni la ley nacional de Tránsito, ni las normas provinciales ni ninguna de las exigencias para pasar la RTO lo establece. Cómo actuar si en algún control la piden y quieren aplicar multa por no llevarla.

Uno de los dilemas de cada verano: ¿es obligatorio circular con una bolsa mortuoria?
En ningún apartado de la Ley Nacional de Seguridad Vial ni en las normas provinciales se establece la obligatoriedad de circular con bolsas o mantas mortuorias, por lo que no debería exigirse en ninguna parte del país. Foto: Imagen ilustrativa.

El dilema referido a la obligatoriedad o no de circular con una bolsa o manta mortuoria cuando uno transita por rutas es algo que se repite cada vez que se avecinan las vacaciones. No es nada nuevo, de hecho hace por lo menos una década se comenzó a hablar del tema, sobre todo luego de que a fines de 2010 se informara ambiguamente desde algunos destacamentos policiales del Partido de la Costa que durante la temporada de verano 2011 se exigiría este elemento.

La fundamentación para llevarla en el vehículo es por demás trágica: que sirva para cubrir y trasladar a una posible víctima fatal en caso de una tragedia vial. Sin embargo, se trata de un elemento “recomendado”, no es obligatorio. De hecho, ni siquiera se habla de este elemento en ningún apartado de la Ley Nacional de Tránsito ni tampoco en su decreto reglamentario. Tampoco las leyes de tránsito provinciales lo establecen y su recomendación se remonta a antiguas ordenanzas municipales que -teóricamente- deberían haber quedado sin vigencia con la adhesión a la ley nacional.

En caso de que en algún control de otra provincia se exija la bolsa mortuaria, no debería ser una falta grave que implique retención de carnet o imposibilidad de ciruclar.
En caso de que en algún control de otra provincia se exija la bolsa mortuaria, no debería ser una falta grave que implique retención de carnet o imposibilidad de ciruclar.

De esta manera, no es -o no debería ser- exigible en ninguna ruta nacional o provincial la bolsa o manta. Claro que ello no quita que algún agente con ganas de “buscarle la quinta pata al gato” -como suele decirse- se ponga insistente con la exigencia de este elemento recomendado por viejas ordenanzas.

“De acuerdo a lo que se ha consensuado con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la bolsa mortuoria no se trata de un elemento exigible, ya que no es prioritario”, destacó el jefe de la Policía Vial de Mendoza, Oscar Hómola. Sin embargo, y como suele ocurrir con cuestiones de tránsito, el funcionario no descarta que en algún pueblo perdido en medio de la ruta y en alguna calle o vía provincial pueda aparecer un imprevisto control policial que sorprenda a un desprevenido conductor y le exija este elemento.

“La propia ANSV ha recomendado a las distintas jurisdicciones que se pidan esos elementos obligatorios que sea de mayor practicidad, como el chaleco refractario, los triángulos de seguridad (balizas), el kit de seguridad y un pequeño botiquín con elementos vigentes. La recomendación, justamente, es que se priorice aquellos elementos que son obligatorios y exigibles al momento de la RTO (Revisión Técnica Obligatoria), y la a bolsa no es exigible en la RTO, por lo que no debería ser exigible en ruta”, siguió Hómola.

¿Qué hacer si nos exigen la bolsa mortuoria y nos multan en algún control?

Visto y considerando que, más allá de la ley y lo que se establece pueden darse situaciones en las que se exija la bolsa o manta para cadáveres, Hómola aclaró que es importante saber que -de aplicarse una multa- se trataría de una falta leve.

Matafuegos y chalecos refractarios, dos elementos que son obligatorios en cualquier ruta y provincia.
Matafuegos y chalecos refractarios, dos elementos que son obligatorios en cualquier ruta y provincia.

“Si un conductor se encuentra con alguien que le pide la bolsa y lo quiere multar por no tenerla, es importante saber que la falta de este elemento no es impedimento para la circulación ni implica la retención del carnet. Por eso mismo, en caso de ser multados, uno puede seguir y, de regreso en Mendoza, podrá hacer el correspondiente descargo”, se explayó el jefe de Policía Vial.

Lo obligatorio y exigible

El kit de seguridad que se exige al momento de pasar la RTO en Mendoza es el mismo que se exige en todo el país, ya que está todo nucleado por la ANSV. Este incluye el matafuegos, balizas, botiquín y chaleco reflectivo. Pero nada se dice ni menciona sobre la bolsa o manta mortuaria.

“En el caso del matafuegos (que debe estar en condiciones), también se aclara que debe estar en un lugar accesible y al alcance dentro del vehículo y no en el baúl, por ejemplo, junto a la rueda de auxilio y debajo de todas las valijas”, detalló Hómola.

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