La Asociación Mendocina de Expendedores de Naftas y Afines (AMENA) y la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza han trabajado conjuntamente, en los lineamientos de la Ordenanza Nº 4.018 del que establece para las playas de estacionamiento de la Ciudad la obligatoriedad de disponer de un espacio destinado a la guarda de bicicletas, logrando disponer a partir de enero 2021 de cerca de 1500 estacionamientos para bicicletas en playas.
De esta forma, acompañan al plan de acción del Municipio de promover el uso de bicicletas fomentando el uso de movilidad sustentable, teniendo en cuenta el creciente número de personas que optan por circular en esta movilidad.
Los principales lineamientos de la nueva ordenanza son los siguientes:
• Obligatoriedad para recibir bicicletas en playas de estacionamiento de más de 20 plazas (menos de 20 plazas es opcional).
El mínimo de lugares es el siguiente, de acuerdo a la capacidad de cada playa:
- 1 a 20 plazas vehiculares: 5 lugares de estacionamiento de bicicletas: OPCIONAL.
- 21 a 50 plazas vehiculares: 5 lugares de estacionamiento de bicicletas.
- 51 a 100 plazas vehiculares: 10 lugares de estacionamiento de bicicletas.
- Más de 101 plazas vehiculares -15 lugares de estacionamiento de bicicletas.
• Los titulares de Playas de estacionamiento deberán presentar adecuación de las mismas
• El sector de guarda de bicicletas podrá ser dispuesto en cualquier lugar de la misma, sin necesidad de ocupar espacios de vehículos.
• Los elementos que provean de seguridad tanto al rodado como a sus accesorios, cadenas, candados o similares, deberán ser provistos por los usuarios de la bicicleta y corre bajo su exclusiva responsabilidad el funcionamiento de los mismos.
• La tarifa por hora o por turno a cobrar para el estacionamiento de bicicletas no deberá superar el 25% (veinticinco por ciento) de la abonada por auto.
• Otorgamiento de bono fiscal al titular de la playa de estacionamiento como crédito sobre los derechos de comercio. El importe del mismo variará de acuerdo a las plazas vehiculares, y va desde $5.000 a $15.000 por única vez.
• Vigencia: a partir del 01 de enero de 2021