Un padre que tenía que pagarle la cuota alimentaria a sus hijos, no cumplió con su responsabilidad y ahora deberá pagarles casi $800 mil después de que el Juzgado de Familia de Cipoletti, Río Negro, dictaminara el efecto retroactivo por el tiempo no abonó los alimentos.
Según se conoció la cuota alimentaria a favor de sus hijos correspondía al 25% del total de sus ingresos, pero el hombre presentó varios recursos de amparo para dilatar el fallo final que ahora quedó firme.
El error que cometió el hombre y su defensor, fue desconocer el Código Civil, el cual indica que la cuota alimentaria comienza desde el día de la interposición de la demanda. Es por esta razón que, si bien recién ahora el fallo tiene sentencia firme, la abogada pidió que se aplicase el efecto retroactivo.
Según informaron fuentes del caso al diario LM Neuquén, en la etapa de ejecución de la sentencia, la abogada defensora de la madre de los niños realizó la liquidación y calculó que la suma a pagar debía ser de $777.415,71.
Por su parte el intentó seguir dilatando la situación al presentar un planteo de prescripción ante la Cámara Civil, Comercial, Minería y Familia de Cipolletti, pero el fallo desestimó ese pedido y lo obligó a abonar los casi 800 mil pesos que determinó la abogada.
“El tribunal consideró que no existe una disposición especial específicamente establecida, pero sin embargo la doctrina y jurisprudencia mayoritarias, han entendido que la prescripción de las deudas alimentarias tiene el plazo de dos años. En este caso luego de que la sentencia quedó firme pasaron 15 días entre la liquidación y el recurso del accionado por lo que el trámite se encontraba dentro de ese plazo”, difundieron desde la área de Comunicación Judicial.