El Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), y el Ministerio de Salud, prorrogó hasta el 6 de enero la disposición que determina que los ciudadanos argentinos, nativos y residentes, que regresen al país desde el exterior deberán elegir entre presentar PCR negativo o realizar el aislamiento como requisito.
Además, desde mañana entrará en vigencia una resolución conjunta de ambas carteras que exceptúa de este requisito a los niños menores de 6 años de todos los países habilitados para el ingreso al país ya sean argentinos, residentes o extranjeros, provenientes de países limítrofes o con familiares argentinos.
Por lo que el único requerimiento para su ingreso será la presentación de una Declaración Jurada electrónica y seguro Covid si ingresan como turistas.
El requisito migratorio de un PCR empezó a regir el domingo 6 de diciembre, se prolongó en principio con carácter optativo hasta el miércoles 16, y ahora se estipuló una nueva extensión.
Cabe destacar, que la realización del PCR no podrá ser previa a 72 horas del embarque y se deberá adjuntar a la Declaración Jurada electrónica que se debe completar dentro de las 48 horas previas a embarcar.
Los requisitos para el ingreso al territorio nacional para argentinos nativos y extranjeros residentes son los siguientes:
1) Completar Declaración Jurada electrónica (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar
2) Se puede optar por PCR negativo o realizar cuarentena.
3) A partir del 6 de enero a las 00 se deberá presentar PCR negativo obligatorio.
Los requisitos para el ingreso al territorio nacional para extranjeros o con residencia en países limítrofes son los siguientes:
1) Completar Declaración Jurada electrónico (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar
2) PCR negativo (no más de 72 horas previas a embarcar), adjuntar a DDJJ y presentar físico en el momento del embarque
3) Seguro médico Covid-19, adjuntar a DDJJ y presentar físico en el momento del embarque
En tanto, los extranjeros con familiares directos de nacionalidad argentina y residentes en el país podrán realizar la gestión ante la consulado y la Dirección Nacional de Migraciones
1) Consulado
“Visa por reunificación familiar” cuesta entre 550 y 850 dólares y habilita al extranjero a solicitar la residencia permanente en Argentina.
Pasos:
a) Presentar certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente, copia del DNI argentino del familiar
b) Cancillería de intervención a Ministerio de Salud y Dirección Nacional de Migraciones para autorizar el ingreso
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica con PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque)
d) Presentar PCR negativo físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo
2) Dirección nacional de migraciones
Para visita de familiar argentino (no otorga residencia) con tasa migratoria de 9.000 pesos (Decreto N° 865/19 artículo 1° inciso m).
Pasos:
a) Presentar ante la aerolínea certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente, copia del DNI argentino del familiar y reserva de pasajes
b) Presentar ante la aerolínea nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso y lugar donde se hospedará
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica donde debe adjuntar PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque) y seguro médico Covid-19
d) Presentar PCR negativo físico y seguro médico Covid-19 físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo.