El cuidado del agua en Mendoza es una prioridad. Al menos, debería serlo. Hace ya varios años que la provincia se encuentra en estado de emergencia hídrica permanente ante, entre otros, la baja cantidad de agua que año a año transportan las cuencas fluviales.
En este sentido, comenzó a debatirse un proyecto en la Legislatura Provincial que busca regular las piletas familiares para cuidar el agua. Entre otros detalles, la propuesta de ley especifica que no se permitirán en viviendas unifamiliares piscinas o piletas con volúmenes de agua mayores a 50 m3.
Ayer se realizó un encuentro de la Comisión de Recursos Hídricos desde donde trascendió una iniciativa propuesta la de los senadores Rolando Baldasso y Mercedes Rus. El proyecto habla de establecer con carácter general los presupuestos mínimos de aplicación en todo el territorio provincial en relación al uso y gestión del recurso hídrico para piscinas de uso recreativo, familiar y comercial, con la finalidad de preservar el recurso y su aprovechamiento para las generaciones actuales y futuras.
“La presente ley se aplicará en el territorio de la provincia de Mendoza, independientemente del destino de vivienda permanente, temporaria, fin de semana, laboral, comercial o empresarial que tenga, comprendidos asimismo los usos mixtos, o sujetos al régimen de propiedad horizontal, se trate de viviendas unifamiliares, barrios públicos, clubes de campo, barrios cerrados, semicerrados o privados, parques industriales, empresariales o náuticos o cualquier otro emprendimiento urbanístico», reza fragmento de la propuesta”, indicaron desde la casa de las leyes.
Y aunque el proyecto es importante, porque establece un marco legal a la tenencia de este tipo de construcciones domésticas, también cabe recordar que sólo en febrero, Aysam recibió casi 3400 denuncias de pérdidas de agua potable provenientes de toda la provincia, aunque los departamentos más afectados fueron Guaymallén, Las Heras, Godoy Cruz y San Rafael.
El control de los municipios
Es importante destacar que será autoridad de aplicación de esta norma cada uno de los Municipios a través de las áreas pertinentes, teniendo a su cargo la habilitación, así como el ejercicio de la fiscalización y el control correspondiente. Siendo además de aplicación las ordenanzas y disposiciones vigentes en cada uno sobre la materia. Se entiende por recinto de pileta o piscina al área determinada con equipamiento, que incluye la pileta y el lugar que la circunda cerrado por un cerco perimetral o reja.
“Queda prohibido el uso de piletas tipo estanque”, aclararon. Esto es, piletas sin el equipamiento de filtrado y reciclado necesario y adecuado que permita mantener el agua en condiciones de salubridad e higiene por largos períodos de tiempo. Además, destacaron que la autoridad de aplicación tendrá a su cargo la reglamentación de las exigencias técnicas, la inspección y el control del equipamiento especificado y existente en los comercios locales del rubro.
En el caso de obra nueva con piscina o pileta no se otorgará plano final de obra y habilitación edilicia si no se cumplen con las especificaciones técnicas de esta ley y las que establezca la específica normativa municipal. En tanto que el caso de “piletas o piscinas no declaradas o clandestinas” los municipios deberán exigir las consideraciones de esta normal.
Prohibidas
La propuesta de ley especifica que no se permitirán en viviendas unifamiliares piscinas o piletas con volúmenes de agua mayores a 50 m3. En caso que supere este volumen se deberá pedir autorización al organismo responsable de la distribución de agua potable en la zona y abonar el servicio de llenado mediante camión cisterna.
“En todos los casos que se dispongan de piletas, piscinas o cisternas en cualquier formato, se aplicará a la utilización de agua potable el régimen tarifario volumétrico. A tal fin el proveedor del servicio de la zona donde se encuentre la piscina (Aysam, municipios, operadores comunitarios, cooperativas), colocará el medidor correspondiente”, indicaron.
En todos los casos que verifique que la propiedad posee espacios verdes importantes (mayor de 100 m2) y que se verifique que la misma ha renunciado al derecho de riego del predio frente al DGI, también se deberá cambiar el régimen tarifario volumétrico.
“Vemos que a veces hay piletas grandes que se vacían de manera manual pero no está el reciclado correspondiente. Y hay muchos barrios históricos que dejaron de tener pelopinchos (piletas de lona). También sostenemos que en caso de que el espacio verde sea importante haya riego medido y no con agua potable. Porque muchos de ellos – los propietarios de terrenos grandes- renunciaron a Irrigación y riegan con agua potable. Esto se nota, sobre todo, en verano”, explicó Baldasso.
Para terminar, detalló que el proyecto sigue en comisión y que se está trabajando sobre una observación del EPAS relacionada con el uso de piletas de lona. “Estamos ajustando detalles. Nos preocupa el riego con agua potable de un gran mancha verde del Gran Mendoza”, finalizó.