La Obra Social de Empleados Públicos de Mendoza (OSEP) incorporará la figura de “hijos afines” para que también reciban los beneficios de la obra social. Según explicaron, la novedad surgió a partir de que el directorio de la obra social realizara la modificación del anexo de la Resolución Reglamentaria Nº2280/2016 que autoriza la incorporación de hijos menores de pareja conviviente afiliada.
Esta medida se toma para aquellos afiliados activos cuya pareja estable estaba incorporada a OSEP pero sus hijos (de parejas anteriores) no podían acceder a la afiliación. A partir de esta nueva resolución, podrán ingresar cumplimentando una serie de requisitos.
Una de las condiciones para incorporar a estos menores es que su madre o padre biológico, por la razón que fuera, no puedan brindar cobertura social a sus hijos. Así, el ingreso se realiza bajo la categoría “voluntario”, con o sin descuento por bono, hasta la edad de 21 años y puede prorrogarse hasta los 25, en caso de estar cursando estudios de cualquier nivel.
“Este proyecto surge desde los vocales del directorio, quienes vieron que la nueva realidad de las familias mendocinas y su constitución quedaban en desiguales condiciones entre hijos de afiliados y los hijos de la pareja dentro de una misma familia. En base a esto, se presentó al directorio”, dijeron desde la obra social.
Indicaron que esta novedad tiene que ver con comprender la situación por la que atraviesan las familias. “Es para llevar más igualdad al interior del núcleo familiar”, agregaron desde la obra social. Además explicaron que, si bien no hay números detallados respecto de la cantidad de personas que podrán acceder a este beneficio, saben que son muchos los que optarán por esta opción.
Requisitos generales
Desde OSEP dieron a conocer los requisitos generales para ingresar en el sistema de afiliación a la obra social. En primer lugar, los hijos afines del cónyuge o conviviente del afiliado directo activo o pasivo podrán ser incorporados como afiliados indirectos voluntarios a cargo cuando cumplan con requisitos, tales como ser menor de 21 años siempre que acredite que no posee el ingresante medio de vida comprobable.
Por otro lado, debe ser hijo afín del cónyuge o conviviente y que éste a su vez tenga a su cargo el cuidado personal de un niño o adolescente. Pero aclaran que es independientemente del cuidado personal unipersonal o compartido.
Tampoco deben gozar de ningún otro beneficio social o previsional el ingresante y sus progenitores (biológicos o adoptantes). Y no debe estar afiliado a otra obra social, tanto el ingresante como sus padres biológicos o adoptantes. Por último, se debe contar con un examen médico con calificación apto.
Quienes deseen más información podrán solicitarla vía mail a actualizacion_datos@osep.mendoza.gov.ar