En medio de la tercera ola de contagios de Covid-19, el Gobierno nacional reforzó los controles de las personas que ingresan a Argentina por los distintos aeropuertos, puertos y pasos fronterizos habilitados “de conformidad con la evolución de la situación epidemiológica” de cada localidad.
Si bien no hay grandes modificaciones en las condiciones, la decisión administrativa 1.316/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece una intensificación del control de los protocolos sanitarios vigentes para el arribo al país.
En ese sentido, ahora los operadores de medios de transporte -aéreo, fluvial y marítimo- de pasajeros internacionales deberán -sin excepción- comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
En otras palabras, el personal de estas empresas tendrá que verificar los datos de la documentación sanitaria que se les exhiba al embarque, y podrá negarle al viajero la posibilidad de abordar si no cumple con todos o alguno de los siguientes requisitos:
- Declaración jurada exigida por Migraciones: debe completarse 48 horas antes del inicio del viaje.
- Prueba PCR negativa: debe realizarse en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje. También se puede adjuntar un certificado de alta médica si la persona tuvo Covid-19 en los últimos 90 días.
- Certificado de vacunación completa contra el Covid-19: segunda dosis colocada por lo menos 14 días antes de llegar a Argentina.
- Seguro de salud con cobertura internación, aislamiento y/o traslados sanitarios por Covid-19.
En la normativa se dispuso que “toda la documentación que se presente al momento del embarque y que se exhiba durante la estadía en el país tendrá carácter de declaración jurada, y su falseamiento u omisión de información darán lugar al inicio de las correspondientes acciones penales”, que caerán sobre las personas y no sobre las líneas aéreas o a los operadores de transporte ni terceros.
Todos los pasajeros deben portar durante los 14 días posteriores al arribo esta información.
Un punto importante a destacar es que todos los mayores de 6 años de edad que hayan acreditado estar vacunados con una parte o todo el esquema, de acuerdo al país de origen, “deberán practicarse una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre los días tercero a quinto de su llegada” al país y abstenerse durante ese período “de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados”.
Pese a que las autoridades nacionales enfatizaron que “se puede ver el impacto de las medidas sanitarias implementadas y del plan de vacunación en todas las jurisdicciones”, también advirtieron que en el plano internacional “la variante Ómicron, tal como se ha dicho, representa un riesgo, por lo que es fundamental generar estrategias que permitan disminuir la posibilidad de infección a través de la misma”.
Además, la decisión administrativa 1.316/2021 agregó ciertas condiciones respecto al protocolo de cruceros. Ver detalles a continuación: